Síguenos en redes sociales:

Fallo

El TSJ corrige a Oltra por incentivar a los cuidadores no profesionales

La sentencia anula parte del decreto autonómico de dependencia al vulnerar la normativa estatal

El decreto que aprobó el Consell en 2017 para regular las prestaciones de la dependencia vulnera la normativa estatal de rango superior en uno de sus apartados. Así lo ha determinado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJ) en una sentencia que da la razón a la patronal de servicios a personas con dependencia, Aerte, y anula un epígrafe de la normativa autonómica.

El motivo: la Ley de Dependencia de 2006 desincentiva las prestaciones económicas orientadas a la contratación de cuidadores no profesionales, dotándolas de un carácter excepcional con el que se trata de priorizar la atención a través de la red de servicios sociales. En cambio, el decreto diseñado por la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas omite toda referencia a la citada excepcionalidad y estimula la figura de los «cuidadores no familiares», relajando las exigencias para beneficiarse de la prestación.

Según los cálculos de Aerte, el 72 % de las 53.292 nuevas personas atendidas desde junio de 2015 por el sistema de atención a la dependencia en la C. Valenciana ha recibido una ayuda de este tipo, lo que, a juicio del colectivo, demuestra que no se ha respetado el carácter excepcional de la prestación, considerada por la Asociación de Directoras y Gerentes de Servicios Sociales como un incentivo «low cost» de la administración -su importe es muy bajo- que «no garantiza una atención de calidad a las personas usuarias». El decreto del Consell condicionaba la concesión de la ayuda a que los cuidadores no familiares tuvieran contrato laboral y estuvieran acreditados como idóneos con un informe social de entorno.

La sección cuarta de la sala de lo contencioso del TSJ concluye que el apartado anulado de la normativa autonómica afectaba «a las facultades elementales y límites esenciales en la protección de la situación de dependencia». A juicio de Aerte, el texto iba en contra de la profesionalización de los servicios y suavizaba execesivamente los requisitos para los cuidadores.

La sentencia -a la que ha tenido acceso este diario- llega en pleno enfrentamiento entre la patronal de empresas de la dependencia y la Conselleria de Igualdad a cuenta de la gestión de la crisis del coronavirus. El presidente del colectivo, José María Toro, llamó ayer a buscar consensos e instó al departamento autonómico que dirige Mónica Oltra a que «pare inmediatamente de resolver de manera general las prestaciones no profesionales» y a que convierta las que se han concedido, en contra del criterio de excepcionalidad, «en servicios prestados por profesionales en el ámbito domiciliario». Aerte recalca que es partidaria de que los dependientes puedan sean atendidos en sus casas pero «siempre a través de servicios de ayuda a domicilio profesionalizados».

Competencia estatal

En la Conselleria de Igualdad no valoraron ayer la sentencia del TSJ -que admite recurso- a la espera de poder analizarla. En el litigio, la Abogacía de la Generalitat defendió el decreto parcialmente anulando apelando a que la competencia corresponde a la conselleria. Después de analizar la jurisprudencia constitucional, sin embargo, el tribunal concluye que el Gobierno autonómico debía seguir el criterio común marcado por el legislador estatal en el apartado puesto en tela de juicio.

Pulsa para ver más contenido para ti