La Generalitat Valenciana asumió la tutela de un mayor dependiente y lo derivó a una residencia de mayores. Sin embargo, tras fallecer el hombre se negó (y se niega) a pagar la deuda e insta al centro residencial a reclamarle el dinero de la plaza a los herederos del usuario. Así se resume el origen de la investigación llevada a cabo por el Síndic de Greuges, Ángel Luna, sobre la queja que presentó una residencia de mayores de Estivella, en enero de 2019, ante la negativa de la conselleria de saldar la deuda que había generado un usuario tutelado por la Generalitat.

El hombre ingresó en la citada residencia geriátrica de Estivella el 15 de noviembre de 2016, a petición de la propia Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, en su condición de tutelado de la Generalitat. Desde la Unidad de Tutelas de este departamento se indicó a la residencia que solicitase una prestación económica vinculada al servicio residencial con carácter de urgencia y así lo hizo la residencia, tal como consta en el expediente.

El 1 de septiembre de 2017, tras 9 meses y 17 días en la residencia, el tutelado falleció sin que la Generalitat, como tutora, hubiese abonado pago alguno por el recurso utilizado y sin que se hubiese tramitado prestación o ayuda con dicho fin. Según la residencia de mayores, la conselleria reconoce la deuda contraída con ellos, que asciende a 13.297,66 euros (a razón de 1.390 euros al mes).

Sin embargo, a pesar de las continuas reclamaciones, la conselleria no les abona dicha cantidad. Primero les derivaron a la Unidad de Tutelas, al Servicio de Atención Social y Promoción de la Autonomía Personal de las Personas con Diversidad Funcional, y de ahí al Servicio de Envejecimiento Activo y Promoción de la Autonomía.

Nadie ha resuelto el problema ni ha saldado la deuda así que, tras más de dos años de espera y trámites, la residencia acudió al síndic y presentó una queja que ya tiene respuesta por parte de Ángel Luna, quien insta a la Conselleria de Igualdad a saldar la deuda contraída con la residencia y a que «incluya a los tutelados como uno de los supuestos a tramitar con carácter de urgencia en los procedimientos de reconocimiento de dependencia», además de asumir «los gastos ocasionados en la atención al tutelado desde que asumió el ejercicio de la tutela hasta que esta cesa o hasta su fallecimiento, como es el presente caso».

En la resolución, el Síndic también insta a la conselleria a que revise y evalúe el procedimiento administrativo actualmente implantado para la resolución de expedientes de dependencia «al objeto de lograr que se resuelvan en los plazos legalmente establecidos» y sugiere «que atienda a las obligaciones inherentes a su condición de tutora y que valore la articulación de mecanismos más ágiles con los que atender las situaciones de dependencia de los tutelados, sin abocar a graves perjuicios a las entidades o empresas que, por su directo encargo, les atienden».

La conselleria de Igualdad y Política Inclusivas, por su parte, le argumenta al Síndic por qué se niega a saldar la deuda del mayor tutelado al explicar que si la ayuda no se cobra en vida serán sus herederos quienes la reciban. «La ayuda le fue reconocida al interesado pero como no la pudo percibir en vida, se informa que tras el fallecimiento de la persona titular del expediente, son sus herederos los acreedores de estos derechos, salvo que existiera un acuerdo de cesión de los derechos de cobro a favor de un tercero „concretamente, en este caso, a favor del centro residencial- circunstancia esta que no consta en el expediente».

El Síndic, sin embargo, afirma que la actuación descrita no es «lo suficientemente respetuosa con los derechos de la persona afectada» y añade que es «evidente la falta de cumplimiento de la conselleria en sus obligaciones como tutora, ya que no nos consta acción alguna relativa a la rendición anual de cuentas ni que se atendiesen las deudas que el tutelado contraía mensualmente con la residencia donde vivía». «Por tanto -añade la resolución- nos encontramos ante una evidente dejación de las funciones que, como tutora, corresponden a la conselleria».

Para Ángel Luna, este comportamiento de la Administración «genera una absoluta desconfianza y recelo ante las peticiones de la administración de atender a sus tutelados». «Si es la conselleria la que elige el tipo de recurso idóneo para su tutelado, la que elige en qué centro ha de residir, la que formula la preferencia de recurso en el expediente de dependencia? en definitiva, la que actúa en nombre y representación del tutelado, habrá de ser esta conselleria la que ha de administrar los bienes, pagar deudas e informar sobre sus cuentas», argumenta el defensor del pueblo valenciano, quien también critica que la conselleria no abonara «todos los gastos a la residencia mensualmente desde su ingreso, como cualquier otro usuario».