La Audiencia Nacional ha impuesto penas de cárcel de hasta 15 años a los principales cabecillas de la trama Gürtel por amañar los contratos para la retransmisión televisiva de la visita del papa en València en 2006. En una sentencia a la que ha tenido acceso Levante-EMV, la sala de lo Penal de la Audiencia Nacional también condena al exdirector de Ràdio Televisió Valenciana (RTVV), Pedro García, a 6 años y 9 meses de cárcel por los delitos de malversación, falsedad en documento oficial y mercantil, blanqueo y cinco delitos contra la hacienda pública.

Otros exdirectivos de RTVV también han sido condenados a penas que oscilan entre dos y un año de cárcel como el exdirector de antena, Antonio de la Viuda, condenado a 2 años y 6 meses de prisión; Juan Prefaci, exsecretario general, otros 2 años y 6 meses de prisión; Vicente Sanz, expresidente del PP de València y exsecretario general de RTVV, 2 años y 6 meses de prisión; Ricardo Calatayud, exdirector económico y financiero, 1 año y 10 meses o José Llorca, exdirector general, 1 año y 10 meses de cárcel.

De los 22 acusados, 11 de ellos reconocieron esencialmente los hechos y los 12 restantes los negaron ejerciendo su legítimo derecho de defensa, si bien uno de ellos, Pablo Crespo, se negó a declarar. La responsabilidad penal de Juan Cotino y el exjefe del departamento técnico de RTVV, Luis Sabater, ha quedado extinguida por el fallecimiento de ambos. La Fundación V Encuentro Mundial de las Familias (Fvmef) también ha sido condenada como beneficiaria a título lucrativo a pagar un total de 3.254.624 euros, aunque declara extinguida la obligación de pago por encontrarse extinguidos tanto este ente como RTVV y haber asumido sus obligaciones y deudas la Generalitat Valenciana..

En el juicio se dilucidaba la veracidad del expediente de contratación de Ràdio Televisió Valenciana (RTVV) para la cobertura audiovisual de la visita del Papa Benedicto XVI a Valencia y si se amañó con los cabecillas de la Gürtel para sacar tajada. El proceso se inició cuando la Fundación V Encuentro Mundial de las Familias (FVEMF), organizadora de la visita papal, decidió nombrar a RTVV «Host Broadcaster» para «proveer la cobertura audiovisual mundial de todos los actos» del Papa en Valencia. El 27 de febrero de 2006 el director general de RTVV, Pedro García, y el presidente de la FVEMF, el obispo Esteban Escudero, rubricaron un convenio para que el ente público «asumiera un gasto que supuso un ilícito desembolso para RTVV de 7.493.600 €». Un acuerdo que era «nulo de pleno derecho por vulneración de las normas de contratación pública», según se argumentó durante la instrucción y ahora dan por válido los jueces en la sentencia de la Audiencia Nacional.

En realidad, el convenio entre la FVEMF y RTVV fue un mero paripé, como el expediente de contratación urgente de las pantallas, megafonía y servicios de vídeo de la visita del Papa ya que, según se ha considerado probado, «desde octubre de 2005 personal de RTVV ya trabajaba con la Fundación en la estructura del acto y eran conocedores de que RTVV era el ente encargado de emitir la señal».

Por tanto, la Audiencia Nacional considera que "hubo una adjudicación directa por parte del director general de la RTVV a favor de la empresa interpuesta por el grupo Correa, Teconsa, del contrato de suministro de pantallas, sonido y megafonía para la visita del Papa a Valencia en julio de 2006 con clara finalidad de enriquecimiento ilícito por el sobrecoste del importe pagado (3.205.375,11 euros)". Según los magistrados de la Audiencia Nacional, "el contrato se firmó por un precio excesivo a la elaboración formal del expediente administrativo, con la colaboración de los empleados públicos de RTVV, y se antedataron los trámites esenciales con el fin de dotar de apariencia de ilegalidad e incurriendo en el elaborado en sucesivas infracciones de la normativa administrativa".

Posteriormente, "el importe cobrado de RTVV por Teconsa, se canalizó hacia los distintos beneficiarios a través de un entramado de facturas ficticias e irregulares abonadas por Teconsa, y que ésta procedió a deducir en los correspondientes Impuestos de Sociedades y del IVA". Lois jueces también consideran acreditado que al menos desde octubre de 2005 la organización de Correa una inició una serie de actuaciones dirigidas a conseguir la adjudicación de modo ilícito de la prestación de servicios y suministros necesarios para el Encuentro Mundial de las Familias que se iba a celebrar en julio.

Hubo un concierto, apunta el fallo, entre Correa, Crespo, Pérez Alonso y García Gimeno para que la contratación se realizara por la RTVV a favor deTeconsa, para lo cual consiguieron que la Fundación V Encuentro Mundial de la Familia, firmara el convenio de colaboración con RTVV por el que cedían la señal institucional a dicho ente y le cargaron el coste de la contratación de las pantallas, sonido y megafonía.

Por tanto, señalan, el Convenio fue el mecanismo jurídico utilizado para que la RTVV se hiciera cargo de un coste que no le correspondía porque para la retransmisión del evento no eran necesarias las pantallas, dado que éstas iban destinadas a que los peregrinos y visitantes pudieran ver al Papa en su recorrido por Valencia.

La sentencia considera acreditado que la adjudicación directa a Teconsa fue claramente ilegal pues los acusados del Grupo Correa y el director general de RTVV Pedro García Gimeno primero acordaron la adjudicación y después se confeccionó formalmente el expediente de contratación, contando con la colaboración de los empleados públicos de RTVV que han resultado condenados.

Por tanto, el tribunal argumenta que hubo un concierto previo para adoptar la decisión, al margen de cualquier procedimiento administrativo y de los principios de publicidad y concurrencia. Después se intentó dar cobertura formal “tramitando un expediente antedatado para favorecer a una empresa, Teconsa, que no tenía capacidad técnica para llevar a cabo los trabajos necesarios y que tuvo que subcontratar todo, y autorización del gasto aún sin dotación presupuestaria”.

Para la Sala, los hechos juzgados encajan como delito de cohecho, prevaricación, delito de fraude a la Administración Pública, malversación, delito de falsedad en documento oficial, blanqueo de capitales, delito continuado de falsedad en documento mercantil y delitos contra la Hacienda Pública.

El acuerdode los acusados del Grupo Correa con el director de RTVV para que el contrato de pantallas y sonido se adjudicara a Teconsa por un precio por un importe de 6.460.000 euros (7.493.600 euros con IVA) fue, según hace constar el tribunal, a un precio muy superior al coste de los trabajos necesarios para el desarrollo del evento.

Basándose en la prueba documental, la testifical pericial de los agentes de la UDEF y la pericial de la Inspectora de la AEAT, el tribunal concluye que el coste de los trabajos de ejecución fue de 3.254.624 euros por lo que la diferencia (3.205.375 euros) “constituye el sobrecoste o beneficio ilegalmente obtenido en perjuicio del erario público, que fue después repartido entre los acusados con influencia decisiva en el proceso de adjudicación”.

La sentencia añade que los acusados participaron en una ficción al servicio del fraude, en el caso de los empleados públicos, infringiendo su deber de probidad inherente al ejercicio de la función y en perjuicio económico del ente público, dado el sobrecoste del precio pagado.