Ir en un coche no es lo mismo que estar en la calle. Esa es la conclusión a la que ha llegado el órgano de coordinación de emergencias policiales Cempol de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (AVSRE) a la hora de aclarar cuántas personas, sean o no del mismo núcleo conviviente, pueden ocupar un vehículo privado. La pregunta fue formulada por la Guardia Civil, que pidió directrices en ese sentido. La respuesta es clara. El decreto del pasado domingo establece como excepción el transporte en el apartado en el que limita a dos el número de personas no convivientes en la vía pública, ya sea al aire libre o cerrados. Pues bien, Cempol concluye que esa excepción no solo es para el transporte público, sino también para el privado.

Por lo tanto, y según esa lectura, que es la que se debe aplicar, en un vehículo —los de traslado de trabajadores, por ejemplo, tienen la doble excepción de transporte y laboral— pueden viajar tantas personas como capacidad legal tenga ese vehículo, independientemente de si son o no convivientes.