Un juez ha condenado a pagar una multa de 2.160 euros al responsable de un establecimiento de estética y reflexología podal situado en Ontinyent por realizar tratamientos de podología sin tener la preceptiva titulación.

Así lo ha asegurado el Ilustre Colegio Oficial de Podólogos de la Comunidad Valenciana (ICOPCV), que interpuso la querella contra esa persona y que subraya que se trata de "la primera condena por intrusismo en el ámbito de la Podología en la Comunitat Valenciana". El fallo no es firme y cabe recurso.

Según explica la institución colegial en un comunicado, ICOPCV presentó la querella contra una persona que ejercía en un establecimiento con licencia de ortopedia de Ontinyent sin tener el pertinente título universitario de Podología. Ejercía, al menos, desde 2016 y supuestamente realizaba servicios de estética de pies, manos y reflexología podal.

El colegio de podólogos afirma que el hombre "prestó servicios a varios clientes consistentes en eliminación de durezas, clavos plantares, eliminación de callos interdigitales (ojos de pollo) y tratamiento de uñas encarnadas utilizando instrumental que únicamente corresponde utilizar a los graduados en Podología como son instrumentos punzantes, cortantes y bisturíes que únicamente pueden utilizar los graduados en Podología".

El ICOPCV --que insta a los pacientes a comprobar que su podólogo dispone de número de colegiado-- subraya que "es función propia y exclusiva del podólogo el tratamiento de los clavos plantares, las uñas encarnadas y los callos en los pies que requieren el uso de bisturíes además de otro material sanitario y la posibilidad de generar infecciones con necesario tratamiento médico adecuado".

"LACRA"

Tras conocer la sentencia, la presidenta del ICOPCV, Maite García, ha recalcado que se trata de una resolución "de gran relevancia para los podólogos de la Comunitat Valenciana". "El intrusismo es una de las principales lacras que soporta nuestra profesión y es nuestra obligación trabajar para acabar con esto y garantizar tanto los derechos de los profesionales de la Podología como los de los pacientes", ha declarado.

Además, la presidenta ha recordado que la Podología es la rama de la actividad médica que tiene por objeto el tratamiento de las afecciones y deformidades de los pies, limitándose en su actuación terapéutica a las manipulaciones que pertenecen a la Cirugía Menor.

Por lo tanto, la Podología es la profesión sanitaria que se encargada de la prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de las patologías del pie y la posesión del título de Grado en Podología es el que facultará a sus titulares para recibir directamente a los pacientes.

Además, desde el ICOPCV recalca que como profesión sanitaria es necesaria la colegiación en el correspondiente Colegio Oficial como determina la Ley 44/2003. Por otro lado, la Orden CIN 728/2009, de 18 de marzo, establece claramente los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Podólogo.

Incluso, el instrumental que utiliza en la medida en que es cortopunzante tiene la consideración de producto sanitario y viene regulado debiendo cumplir unas medidas necesarias.

"Queremos acabar con el desarrollo de prácticas podológicas por personal no cualificado. Por eso, vamos a continuar investigando a todas aquellas personas y empresas que tratan alteraciones en los pies sin tener la titulación universitaria requerida y/o que realizan estudios biomecánicos. Un mal diagnóstico o tratamiento puede poner en un elevado riesgo la salud del paciente que padece problemas en los pies", ha concluido Maite García.