El Juzgado de Primera Instancia número 13 de València ha aplazado sin fecha el juicio previsto para el próximo 4 de marzo en el que se debía dirimir acerca de la presunta paternidad de Julio Iglesias sobre el valenciano Javier Sánchez, que reclama ser reconocido como hijo del cantante.

El motivo, según el letrado Fernando Osuna, que defiende a Javier Sánchez, es que el magistrado ha pedido que se lleve a cabo una prueba de ADN de su cliente y su padrastro, actual exmarido de su madre. De acuerdo con el abogado, el juez cree que es conveniente que se realice una prueba oficial, con todas las garantías y a través de médicos forenses para descartar que Javier Sánchez sea hijo de su padrastro que, según insiste, es su progenitor «registral» que no biológico. No obstante, el letrado anunció ayer que solicitará al juzgado que se mantenga la fecha prevista del 4 de marzo porque consideran que hay tiempo suficiente para que esté lista esa prueba y que se cite por segunda vez a Julio Iglesias para someterse igualmente al análisis de ADN antes de la celebración de la vista.

El abogado quiere que el cantante sea consciente de «todos los efectos negativos de su incomparecencia» y que quede constancia de «su negativa, obstinación, rebeldía y desprecio a la Justicia» si se opone a la práctica de esa prueba, negativa que, según subraya, de acuerdo con la legislación, no impediría dictar sentencia de paternidad. En caso de no acceder a esta petición y de no ser posible la práctica de la prueba de ADN al cantante, reclamarán que se haga a los hijos reconocidos de Julio Iglesias para corroborar así los resultados obtenidos en un análisis que la defensa realizó de forma particular con restos extraídos de la basura precisamente de uno de esos hijos, y en el que se atribuía al intérprete la paternidad de Javier Sánchez en un 99 %.

El pasado mes de diciembre el juzgado convocó a las partes a la celebración de la vista en la Ciudad de la Justicia el 4 de marzo, fecha que ha aplazado. El juez había rechazado también recursos de la defensa de Sánchez contra la decisión de acordar la práctica con carácter anticipado de la prueba pericial biológica. Las acciones de filiación, explicaba el juez, solo pueden acreditarse a través de esta prueba biológica y «la pura economía procesal exige que dicha práctica se lleve a cabo o, cuando menos, se intente antes de la celebración de la vista, para evitar así la práctica innecesaria de todos los demás medios de prueba».

Iglesias ha insistido en defender que este caso se trata de un asunto ya juzgado y en que la prueba de ADN obtenida por detectives de la basura de Julio José Iglesias no es lícita; posteriormente, pidió que la causa fuera trasladada a Madrid.

Sin embargo, la defensa de Sánchez argumentó que la legislación recoge la posibilidad de reabrir un caso con sentencia firme «siempre que se funde en nuevas pruebas», como en este caso es la prueba biológica, y sostenía que la recogida de ADN de la basura de Julio José Iglesias y su análisis «no supone vulneración de precepto constitucional alguno» y «sí constituye un elemento probatorio». De este modo, la defensa del demandante de paternidad consideraba que «no es admisible que científicamente (Javier Sánchez) sea hijo de Julio Iglesias y judicialmente no lo sea».

Reconocido y revocado

Sánchez, de 41 años, presentó una demanda de filiación contra Iglesias el mes de septiembre del pasado año después de que esa prueba le atribuyese al cantante la paternidad en un 99 %. Sánchez fue reconocido en 1992 por un juzgado de València como hijo del cantante. Sin embargo, la Audiencia provincial, en una sentencia ratificada por el Supremo, revocó esa declaración al entender que el hecho de que Iglesias no se hubiera sometido a la prueba de paternidad no era motivo suficiente para declarar esa paternidad.