El Tribunal Supremo acaba de condenar al Valencia Club de Fútbol a pagar a Hacienda 282.117 euros del contrato que firmó Romario en 1996, según recoge el fallo al que ha tenido acceso Levante-EMV. Es la segunda sentencia que ha trascendido contra el club en la última semana tras la que obligaba al Valencia a entregar a Hacienda 333.955 euros por el primer contrato de Claudio Ranieri. El Alto Tribunal considera que el Valencia, que en aquel momento presidía Francisco Roig, firmó un contrato ficticio de derechos de imagen para ahorrarse parte de los impuestos del salario del delantero brasileño.

El fallo advierte de que "la cesión del derecho de imagen tiene, lógicamente una finalidad de explotación comercial. La explotación pasa por la incorporación de la imagen a algún soporte material, radiofónico o audiovisual". Sin embargo, los magistrados han llegado a la conclusión de que el Valencia simuló el contrato. "La peculiaridad del presente caso es que la entidad deportiva no aporta ni acredita la existencia del contrato de cesión de imagen", recoge el fallo.

El Supremo sostiene que la cesión de los derechos de imagen de Romario son en realidad "rendimientos del trabajo" y que tiene que tributar por ellos.

El club, en una operación similar a la del contrato de Claudio Ranieri, pagó a la sociedad holandesa Internacional Football Managment BV por la cesión de los derechos de imagen de Romario. El Valencia alegó que el dinero abonado a Football Managment BV no eran retribuciones salariales, pero no ha logrado acreditarlo.

El pago de una parte del salario como derechos de imagen era una práctica extendida entre los clubs de fútbol españoles a finales de la década de los años noventa. Los equipos costeaban un porcentaje del contrato como un salario normal que tributaba y otro a través de sociedades interpuestas radicadas en paraísos fiscales.

La clave es que el Supremo considera que el pago de los derechos de imagen de Romario en realidad fue una treta para evitar un tramo del impuesto sobre la renta del delantero brasileño. Los magistrados advierten al club de que la ley considera salario tanto el dinero como el pago "en especie" por lo que está obligado a tributar. El Alto Tribunal ha impuesto al Valencias las costas del juicio, lo que implica que tendrá que desembolsar otros 6.000 euros por el trabajo del abogado del Estado.

También Djukic, Piojo, Popescu y Óscar García

En una tercera sentencia emitida el mismo día que la de Ranieri y Romario, el Supremo ha fallado a favor del Valencia. El club se va ahorrar parte de los 3.724.486 euros que le reclamaba Hacienda por el impuesto sobre la renta de 1998 y 1999 de los jugadores Miroslav Djukic, Claudio Piojo López, Popescu y Óscar García Juyent. Los jueces consideran que el Valencia simuló el pago de parte de los contratos con la cesión de los derechos de imagen a través de sociedades radicadas en paraísos fiscales. Un ejemplo es el de Claudio López a través de la empresa Kiscowin Sport BV, entidad holandesa radicada en un paraíso fiscal. Sin embargo, el fallo concluye que una parte de los contratos estaba exenta del IRPF.