La cooperativa Fidelis Factu, en relación a la noticia aparecida en este diario el pasado 18 de agosto bajo el título "Empleo disuelve la firma valenciana Factoo tras asociar a 5.000 autónomos", asegura que "puede seguir funcionando con total normalidad ya que la resolución dictada por el Ministerio de Empleo no implica, según el artículo116 de la Ley de Cooperativas, su disolución. Factoo tiene todas las vías legales abiertas para recurrir la decisión del Ministerio y por tanto no se puede confirmar ningún fraude". "El socio trabajador mantiene una relación societaria con la cooperativa y a todos se les cursa la pertinente alta en la Seguridad Social y se les tributa en Hacienda por los servicios prestados", indica.

La empresa Factoo asegura que "no se dedica a facturar en nombre de trabajadores por cuenta propia que no se daban de alta en la Seguridad Social. El objetivo y fin último de Factoo es facilitar a sus socios, -fundamentalmente, freelancers y personas con trabajos intermitentes que no son autónomos- el desarrollo de su actividad profesional de forma legal, segura y con las garantías, prestaciones sociales y coberturas necesarias, en condiciones laborales dignas y no con la precariedad y clandestinidad que en la mayoría de los casos se viene desarrollando, lo que redunda en el interés social de afloramiento del trabajo clandestino y la mejora de la calidad de empleo".

Fidelis Factu indica que "como el resto de las cooperativas de idéntico objeto operan en todo el territorio nacional tienen perfecto encaje con nuestra legislación estatal y autonómica, y en ningún caso resulta contraria a derecho la circunstancia de que los socios, que al mismo tiempo son trabajadores, utilicen en benéfico de su autoempleo, los servicios organizativos que la propia cooperativa les puede ofrecer, ya sean estos de puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales o para afrontar la solución conjunta de necesidades, cargas, formación u obligaciones laborales o administrativa que sean susceptibles de gestión compartida".

El comunicado de la firma valenciana se produce una semana después de que el Ministerio de Empleo y Seguridad Social hiciera pública una información oficial en la que anunciaba que "resolvía descalificar a Fidelis Factu, S. Coop. por infracción, a la vista del informe emitido por la Unidad Especializada en el Área de Seguridad Social de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Valencia".

El pasado 16 de febrero de 2017, la Subdirección General para la Inspección en materia de Seguridad Social, Economía Irregular e Inmigración dió traslado a la Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas del informe de la Unidad Especializada en el Área de Seguridad Social de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Valencia, en el que se proponía que se iniciara el procedimiento de descalificación de la entidad "Fidelis Factu, S. Coop.", previsto en el artículo 116 de la Ley 27/99, de 16 de julio, de Cooperativas".

"En el informe emitido por la Unidad Especializada de la Inspección de Valencia se relacionaban numerosas "conductas infractoras". Una de ellas señalaba que los simulados "socios trabajadores" eran, en general, profesionales trabajadores por cuenta propia dedicados a cualquier actividad, que actúan en el tráfico mercantil, por lo que se ven en la necesidad de emitir factura a sus clientes, y correlativamente, cumplir con las obligaciones fiscales y en el RETA".

"Otra conducta infractora -señalaba el comunicado del Ministerio- se refería a que en los dos años que lleva activa tuvo en alta a más de 5.000 afiliados distintos. Cada uno de los socios trabajadores se mantuvo en alta durante escasos días, lo que supuso una vinculación anómala. Los socios trabajadores de una cooperativa de trabajo asociado deben incorporarse en la prestación de trabajo a la misma con carácter, en principio, indefinido".

Empleo consideraba "probado que Fidelis Factu "no realiza actividad cooperativizada alguna".

"La Abogacía del Estado -según la comunicación ministerial- emitió el pasado día 16, un informe favorable al contenido de la resolución. En dicho informe la Abogacía concluía que ´resultan acreditados los hechos objeto de imputación, haberse respetado las garantías del procedimiento sancionador y concurrir los requisitos para la descalificación de la Cooperativa".