¿Pueden hacer alguna cosa los afectados para recuperar su dinero?

Alfredo García-Petit, socio-director de García-Petit Abogados nos contesta a esa pregunta: "La respuesta es clara, pueden y deben acudir a los Tribunales para recuperar lo que es suyo y tan injustamente les arrebataron. Si bien, dadas las circunstancias, debemos diferenciar varios grupos de perjudicados con soluciones judiciales distintas.

En primer lugar, quienes acudieron a las ampliaciones capital de 2012 y 2016 del Banco Popular. Así, las cuentas anuales que se reflejaban en el folleto de la ampliación de capital no respetaban determinados aspectos de la normativa contable, trasladando una imagen de solvencia que no se correspondía con la realidad, con la finalidad de atraer a inversores bajo la ocultación y falseamiento de información relevante. Así lo han determinado las auditorías realizadas con posterioridad, la más importante el informe emitido por los peritos del Banco de España y aportado en la instrucción que se sigue contra ex directivos de la entidad ante la Audiencia Nacional. Estos pueden reclamar por cuanto compraron confiando en las cuentas publicadas en aquellos momentos y en la información depositada en la CNMV.

Sin embargo, esa información no reflejaba la realidad de las cuentas del Banco, con la finalidad de que invirtieran su dinero en las ampliaciones de capital. Tanto es así que ya ha habido sentencias en las que se da la razón a perjudicados que se encuentran en esta situación. En segundo lugar, están los tenedores de obligaciones subordinadas y bonos convertibles".

¿Qué significa eso? ¿Qué eran las obligaciones subordinadas y bonos convertibles?

Pues bien, el Banco Popular para financiarse no lo hizo solo vía las ampliaciones de capital que hemos comentado. Ahora sabemos que su situación era tan mala que necesitaba captar dinero como fuera, porque no tenía bastante con las ampliaciones de capital, y la forma de captarlo fue la emisión de obligaciones subordinadas y convertibles.

La forma de captar a los inversores en este caso era el ofrecer una elevada rentabilidad, sin embargo, lo que no contaban era que esas obligaciones eran productos financieros complejos y con grandes riesgos. Antes al contrario, los vendían como productos seguros, casi como si fueran plazos fijos.

Los inversores que compraron estos productos también perdieron todo su dinero con la intervención y seguida venta del Banco Popular.

¿Y estos perjudicados también pueden acudir a los Tribunales?

Por supuesto. En este caso ya hay abundante jurisprudencia que condena a devolver el dinero a los perjudicados por haberse comercializado como productos financieros simples cuando eran productos complejos solo para inversores expertos.

En Garcia-Petit Abogados hemos ganado ya muchos pleitos de este tipo, consiguiendo recuperar muchos cientos de miles de euros de quienes perdieron su dinero con las obligaciones del Banco Popular. Sin embargo, por lo complejo de los productos aún hay mucha gente que no ha reclamado. La mayoría porque no sabían que les habían vendido y otras porque esperaban recuperar su dinero del Banco Popular en el que confiaron hasta su intervención.

¿Y los inversores que pusieron su dinero en el Banco Popular pero no están en ninguno de los casos anteriores?

En este supuesto se debe analizar las fechas en que adquirieron sus acciones, pudiéndose, en su caso, reclamar una indemnización por daños y perjuicios, a causa de la pérdida de valor patrimonial sufrida por la caída en bolsa de la entidad tras conocerse que se habían producido irregularidades en sus cuentas y que arrastraban un imagen que no se correspondía con la realidad. En este caso los perjudicados deberán personarse en el proceso penal seguido frente a la entidad y sus directivos ante la Audiencia Nacional.

Por último, quienes quieran reclamar lo que les quitaron ¿qué documentación deben reunir?

Toda aquella documentación relacionada con la de compra de cualquier título del Banco Popular (acciones, bonos, subordinadas, etc.) y cualquier otra información suministrada en su día por la entidad de que dispongan. Si no la tienen pueden ir a su oficina del Popular, hoy Santander, y reclamarla.

En cualquier caso, desde García-Petit Abogados les facilitaremos el formulario con la solicitud de información que deben presentar en su oficina para la obtención de la misma.