La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha publicado una resolución en la que insta a Telefónica «a aclarar o modificar» ciertos términos de las condiciones de su oferta comercial ‘Fusión’ lanzada el pasado mes de abril, en la que posibilita a sus clientes alquilar ‘smartphones’ a cambio de una cuota mensual de 3 euros con carácter general, y una permanencia, en la práctica, de 36 meses.

Competencia precisa que esta resolución forma parte de su labor de vigilancia para verificar que Telefónica cumple con los compromisos ofrecidos para la aprobación de la toma del control de DTS (la antigua Sogecable) por Telefónica al adquirir el 56% de DTS que poseía el grupo Prisa en 2015.

La CNMC ha analizado la compatibilidad de las políticas comerciales minoristas de los paquetes ‘Fusión’ de Telefónica con los compromisos adoptados en dicha operación de concentración.

El objetivo, prosigue Competencia, es comprobar si la operadora cumple el compromiso de no incluir a sus clientes en España obligaciones de permanencia asociadas directa o indirectamente a servicios de televisión de pago (empaquetados o no), de forma que no entorpezca el cambio a otros competidores.

El pasado 11 de abril Telefónica modificó su oferta de paquetes ‘Fusión’ y añadió el arrendamiento de un terminal ‘smartphone’ a otros servicios de TV de pago, telefonía fija, banda ancha fija y línea móvil, con una subida de la cuota mensual de 3 euros con carácter general. El regulador considera que la entrega de un móvil puede suponer una cláusula de retención encubierta.