El jurado popular en España está formado por un grupo de personas que son elegidas para juzgar casos tasados por la Ley Orgánica 5/1995 del Tribunal del Jurado. En España, el jurado popular está compuesto por 11 miembros, 9 titulares más 2 suplentes. Estas personas, que deben ser inexpertas en Derecho, sustituyen al juez para decidir si el acusado es culpable o inocente, aunque luego será el magistrado-presidente quien decida sobre la pena a imponer. Esto tiene su base constitucional en el artículo 117, donde dicta que «la justicia emana del pueblo», y además se enlaza con el artículo 125, que prevé que «los ciudadanos podrán participar en la Administración de Justicia mediante la institución del jurado».

El jurado es una figura procesal clásica del sistema inglés, muy desarrollada en países como EE UU, donde hay una gran cultura del tribunal del jurado, donde queda muy patente en infinidad de películas. Pero aquí en nuestro país es una institución muy joven, muy poco arraigada y con muchas luces y sombras. Todos los que ahora somos abogados hemos estado varios años estudiando durante la carrera la diferencia entre homicidio y asesinato; entre animus necandi (ánimo de matar) y animus laendi (ánimo de lesionar); o «tentativa acabada» y «tentativa inacabada»; y otros muchos conceptos que se pretenden explicar mientras dura el juicio a los miembros del jurado, todos ellos legos en Derecho.

Lo mejor que te puede pasar si en realidad eres culpable es que el procedimiento se lleve por un tribunal del jurado; ahora bien, lo peor que te puede pasar si eres inocente es que te juzgue un jurado popular. Esta institución ha recibido no pocas críticas al albur siempre de graves errores judiciales como en el crimen de Rocío Wanninkhof y la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía —luego ratificada por el Supremo— de dejar sin efecto la condena del jurado contra Dolores Vázquez por la muerte de la joven malagueña. Estos días, un tribunal del jurado en la Audiencia de Valencia ha declarado no culpable del asesinato de su pareja a D. Mohammed, pero sí le ha declarado culpable de amenazarla y agredirla físicamente. A esta chica, en diciembre de 2008, alguien la mató y trató de quemar su cuerpo. El jurado popular considera que no hay pruebas contra Mohammed. Posiblemente Mohammed sea inocente, pero estas noticias siempre levantan pánico entre la población y hubiera sido preferible que un tribunal formado por jueces expertos fuera el que decidiera si este señor va o no a prisión.

Al igual que todos los años hay un debate para analizar si los árbitros de fútbol deben ser o no profesionales, se debería reformar la Ley Orgánica 5/1995, del Tribunal del Jurado, para no dejar en manos de personas inexpertas en temas jurídicos decisiones tan delicadas como juzgar a alguien por homicidio. Si no, que le pregunten a Florentino Pérez si el próximo Madrid-Barça quiere que sea Gaspar Llamares el árbitro y Bono y Álvarez Cascos los linieres, por ejemplo.

Abogado y economista