Policías infiltrados, periodistas de investigación y detectives privados buscan descubrir irregularidades, pero tienen que introducirse en la esfera privada de los investigados, su derecho a la intimidad, honor e imagen. Una difícil situación ponderada con el derecho a informar o el deber de perseguir delitos. Si vamos un poco más allá, derechos que tienen que ser violados para proteger otros de entidad superior.

Últimamente, los detectives privados y sus actuaciones, están de moda por las controvertidas escuchas catalanas. Hablan de espionaje político en Cataluña porque Método 3 grabó un encuentro entre la líder del PP catalán y la expareja de un hijo de Jordi Pujol. No es justo cuestionar ahora el excelente trabajo que realizan, ya que tienen el respaldo legal para encargarse de obtener y aportar información y pruebas sobre hechos privados y de la investigación de delitos perseguibles solo a instancia de parte.

Las grabaciones privadas son legales. Pero ¿quién está autorizado para grabar una conversación? Son legales cuando las realiza uno de los participantes, pero no si son para hacerlas públicas. Y mucho ojo, hay mayor permisividad con las imágenes que con el audio.

Legalmente, los detectives solamente pueden grabar conversaciones en las que ellos mismos participen y el uso está limitado. Para la instalación de micrófonos e intervenir teléfonos tiene que autorizarlo un juez, en esto tienen mucha experiencia los policías, que pueden mandar al garete una compleja investigación por no solicitar un simple permiso judicial.

Lo que dice el Tribunal Constitucional. El Tribunal Constitucional lo deja bien claro cuando establece que quien graba una conversación de otros atenta al derecho del secreto de las comunicaciones, salvo por resolución judicial.

Por el contrario, quien graba una conversación con otro no incurre, por este solo hecho, en conducta ilegal, salvo que la difunda y pueda incurrir en un delito de revelación de secretos.

En el ámbito periodístico, y más concretamente en el periodismo de investigación, el Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre el uso de cámaras ocultas en los reportajes informativos.

El periodismo de investigación es totalmente legítimo, pero siempre que no vulnere derechos fundamentales, lo que se produce cuando se utiliza la cámara oculta como medio de obtener la información del reportaje.

Es en este momento cuando el derecho a la información queda relegado a un segundo plano, ya que el derecho a la intimidad y a la propia imagen del individuo grabado prevalece.

De ser esto así poco sentido tienen las investigaciones realizadas por periodistas que se juegan la vida por ayudar a la Justicia, esa señora inteligente y atractiva que poco se deja ver.