Con calma, como cada año por estas fechas, no está de más recordar la Constitución cuya aprobación, en referéndum, celebramos cada 6 de diciembre: “Artículo 16.3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal.”

Al respecto, recuerdo las palabras del Defensor del Pueblo, en funciones, Francisco Fernández Marugán, sobre si la bandera a media asta durante la Semana Santa, orden emitida por el Ministerio de Defensa, cuestiona la aconfesionalidad del Estado.

Consideraba, en octubre de 2017, que “es más adecuado a la lógica de un Estado aconfesional prescindir de unos honores fúnebres militares con elementos de marcado significado religioso”, aclarando que en el Real Decreto 684/2010, por el que se aprueba el Reglamento de Honores Militares, “no se prevé la realización de honores fúnebres militares por motivos religiosos, como es la conmemoración de la muerte y la resurrección de la figura religiosa de Jesucristo.”

En el primer artículo de dicho Reglamento se dispone que “Las Fuerzas Armadas son las encargadas de rendir honores militares a la Bandera de España, al Rey y a las personalidades, autoridades y mandos militares que se determinan en este reglamento” y, en el tercero, “... la Bandera permanecerá izada a media asta ininterrumpidamente día y noche, cuando el Gobierno decrete luto nacional...”

En sus consideraciones, ante la queja de un estudiante de Derecho tras la orden y en respuesta a la del Jefe de Estado Mayor de la Defensa apelando a la tradición secular de los Ejércitos, el Defensor del Pueblo decía que “la aconfesionalidad implica una visión más exigente de la libertad religiosa, pues implica la neutralidad del Estado frente a las distintas confesiones y, más en general, ante el hecho religioso”; concluyendo en que “nadie puede sentir que, por motivos religiosos, el Estado le es más o menos próximo que a sus conciudadanos.”

Neutralidad que, como exigencia, no hay que confundir con la garantía de libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades, recogida en el primer punto del mismo artículo de nuestra Constitución.

También leía en 2018 (también por estas fechas) que José Guirao Cabrera, entonces Ministro de Cultura y Deporte, en funciones, tras argumentar que “el Gobierno tiene que ser neutral, porque la Constitución dice que España es aconfesional”, decía, “cantaremos villancicos”, añadiendo a continuación que ni iba a eliminar belenes “ni nadar contra la corriente mayoritaria”.

Pienso (con calma) que, al implicar la aconfesionalidad “la neutralidad del Estado frente a las distintas confesiones”, una “corriente” (muy posiblemente, no mayoritaria) siente, en la ciudad de Valencia, en la Comunidad Valenciana, en España,... que desde sus instituciones públicas, por motivos religiosos, “el Estado” le es “menos próximo que a sus conciudadanos”.

Quizás sea así por el aparente convencimiento, desde “lo público”, de que todos celebramos la Navidad; o por la presunción de algunos de que la Navidad, conmemorando el “nacimiento del invierno” y no el de Jesucristo, es una festividad laica y los belenes (implantados por las instituciones públicas, en estas fechas), sólo artísticos (que los hay que lo son, y muchos).

Sin embargo, Francisco Fernández Marugán, respondiendo al Jefe de Estado Mayor de la Defensa y recomendando no izar la bandera a media asta en los cuarteles por Semana Santa, dijo que “si bien es cierto que pueda haber adquirido este tipo de tradición una connotación 'secular' por la práctica reiterada en el transcurso de los años, no hay duda de que este tipo de honores tienen una connotación religiosa”.

Refiere Bernard-Henry Lévy, ahora respecto de la laicidad, que “el príncipe puede tener su opinión personal sobre la fe que, en conciencia, le parezca más capaz de expresar el sentido de la vida... pero sus súbditos no tienen nada que saber de esa opinión.”

También pienso (con calma) que, para “ser neutral porque la Constitución dice que España es aconfesional”, como decía el entonces Ministro de Cultura y Deporte, si no se va a “eliminar” (que no hay por qué eliminar), habrá que “poner” y, “frente a las distintas confesiones y, más en general, ante el hecho religioso”, saber también de otras “opiniones”.