La Unión Europea lleva aplicando desde 2020 el mecanismo europeo del Estado de Derecho, esto es, un proceso de diálogo anual entre, por un lado, la Comisión, el Consejo y el Parlamento Europeo y, por otro, los Estados miembros, sus Parlamentos nacionales y la sociedad civil, siendo el principal fruto de dicho mecanismo la adopción de un Informe anual sobre el Estado de Derecho en el conjunto de la Unión, así como en cada uno de los Estados miembros.

En el Informe sobre España correspondiente a 2022, publicado hace unos meses, la Comisión Europea muestra su preocupación -una vez más, cómo no- por el retraso en la renovación del Consejo General del Poder Judicial, que viene ejerciendo sus funciones ad interim desde diciembre de 2018. Lo que en realidad preocupa a la Comisión -y debería preocuparnos a nosotros-, es que esa situación anómala e insostenible, que estuvo a punto de subsanarse hace unas semanas, pero que ha vuelto a quedar estancada, evidencia que el órgano de gobierno del Poder Judicial es, cuotas partidistas mediante, vulnerable a la politización. Además, esa provisionalidad del Consejo General del Poder Judicial ha propiciado, merced a sendas reformas legislativas, que el Consejo en funciones no pueda nombrar a los cargos judiciales de mayor rango (salvo a los magistrados del Tribunal Constitucional), lo que está afectando muy sensiblemente al funcionamiento del Tribunal Supremo: se estima que el Supremo está dictando unas 1.000 sentencias menos al año de las que dictaría funcionando a pleno rendimiento, lo que disminuye la eficiencia de nuestra justicia. Por ello, la Comisión pide a España que proceda a la renovación urgente y prioritaria del CGPJ, para emprender, inmediatamente después, una reforma del proceso de nombramiento de los vocales en la que se tenga en cuenta las normas europeas sobre la materia. Parece que, por el momento, el cumplimiento de dicha recomendación tendrá que seguir esperando.

Pero, como decía en el título, el estado de salud de nuestro Estado de Derecho va mucho más allá de esta cuestión. Ese mismo Informe plantea aspectos tan relevantes como que se refuerce el estatuto del fiscal general del Estado, disociando el tiempo del mandato de este con el del Gobierno; que se apruebe una ley que regule los grupos de presión, con especial atención a la creación de un registro público de dichos grupos (ley, por cierto, que ya existe en el ámbito autonómico valenciano desde 2018); o que se mejore el acceso a la información, especialmente mediante la reforma de la Ley sobre secretos oficiales.

Obviamente, hay más recomendaciones, pero también se recogen en el Informe numerosas reflexiones que no llegan a plasmarse en recomendaciones. Así, por ejemplo, la Comisión se muestra preocupada ante las críticas efectuadas públicamente por diputados, senadores y ministros del Gobierno respecto de miembros del poder judicial, lo que llevó a las cuatro asociaciones judiciales principales a publicar un comunicado conjunto en el que solicitaban a los políticos que se abstuvieran de cualquier comentario que pudiera menoscabar la independencia judicial; esto, en un Estado como España, donde la percepción que la ciudadanía tiene de la independencia judicial es baja, no es cuestión baladí. Como tampoco lo es que, probablemente, a raíz de la pandemia, los plazos de tramitación de los asuntos judiciales hayan crecido sensiblemente.

En conclusión, existiendo un grave problema en la designación del Consejo General del Poder Judicial, ese árbol no nos debe impedir ver el bosque, existiendo otros muchos ámbitos -se han explicitado algunos ejemplos- en los que trabajar para mejorar nuestra justicia y nuestro Estado de Derecho.