El Consell Jurídic Consultiu (CJC) ha dado la razón al Ayuntamiento de Alzira y en un dictamen del 30 de abril determina que la familia Sos no tiene derecho a indemnización por la decisión del consistorio de no reclasificar su finca en el Plan General.

Este órgano consultivo avala la tesis en que se basaban los técnicos municipales y la decisión de los órganos de gobierno para llegar a la conclusión de que no procede estimar la reclamación de responsabilidad patrimonial de unos 4 millones de euros que había planteado la familia Sos. El Consell Jurídic considera que es la decisión de Conselleria de rechazar el proyecto por causas ambientales la que motiva que no se incluya el PAI y que, en todo caso, los daños reclamados no son reales ni efectivos y, por lo tanto, los considera improcedentes.