Levante-EMV

Levante-EMV

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Dos sentencias rechazan los planes de voladuras de la cantera de Corbera

La Justicia da la razón al consistorio al considerar que la empresa sobrepasó el perímetro autorizado

Trabajos en la cantera, en una imagen de archivo. | VICENT M. PASTOR

Dos juzgados distintos dan la razón al Ayuntamiento de Corbera en uno de los múltiples frentes abiertos contra la empresa Canteras y Áridos Llaurí que explota la montaña. En concreto, los juzgados de lo Contencioso Administrativo número 4 y número 9 de València han estimado parcialmente el recurso consistorial contra sendos planes de voladuras aprobados por la Conselleria d’Economia Sostenible, Sectors Productius, Comerç i Treball al considerar que se presentaron fuera del perímetro autorizado.

Concretamente, los jueces hacen referencia a los proyectos de voladuras número 951 a 966 y 967 a 996. Con respecto al primero, el consistorio defendía la «ilegalidad generalizada de la explotación de la mina Girtal» en base a las resoluciones municipales en las que se denegaba la actividad a la mercantil, otro de los frentes judiciales abiertos, «confirmadas por los órganos jurisdiccionales y actuaciones antecedentes de la Generalitat anulando planes de labores y paralizando la actividad de extracción». Asimismo apelaba al incumplimiento del plan de restauración.

Por su parte, la propia administración autonómica pedía la desestimación del recurso al considerar que plan de voladuras se encontraba de los planes de trabajo que se aprobaron en el año 2019.

Aunque los argumentos utilizados en ambos recursos son los mismos, la Justicia no estimó oportuno que se unificaran ambas causas. Se centran, no obstante, ambos magistrados en una de los razonamientos que ofrece el consistorio, al recordar el expediente que la citada conselleria ya abrió un expediente hace un par de años cuyo informe técnico resaltaba que se habían realizado labores de extracción sobre una superficie que excedía en 31.065 metros cuadrados el máximo permitido, con un volumen de más de 220.000 metros cúbicos de recursos. En ese sentido, el consistorio consideraba que la petición de voladuras se encontraba fuera del perímetro autorizado.

Considera uno de los jueces, además, que la aprobación de los planes laborales «no conllevaba necesariamente que debiera aprobarse el proyecto de voladuras en los términos en los que se presentó» y también defiende que la Generalitat estaba facultada «para acordar la denegación de la autorización» al trabajar fuera del perímetros otorgado. Ambos concluyen, por tanto, que la aprobación de dicho plan es contraria a derecho.

El consistorio ya pidió fiscalizar la actividad minera

El Ayuntamiento de Corbera valora «de forma positiva esta sentencia sobre el recurso que en su día se impuso contra la conselleria en el que se solicitaban un seguimiento fiscalizador así como una supervisión de la acción solicitada en su día y que el consistorio consideraba que no se cumplían». La sentencia estima de forma parcial las alegaciones presentadas. «El ayuntamiento seguirá trabajando por los intereses generales de la localidad», añadieron fuentes municipales.

Compartir el artículo

stats