El Tribunal Supremo ha anulado la condena de cinco años de prisión que la Audiencia de Valencia le impuso a un hombre de 29 años por abusar de un menor de 14 años. La sala rechaza las tesis que llevaron a la Audiencia a condenar al procesado y apunta en el fallo que las relaciones con el denunciante fueron consentidas y en un plano de igualdad. El acusado conoció al adolescente a través de un chat y durante el primer mes se hizo pasar por una chica. La víctima aseguró que continuó contactando con el imputado cuando descubrió que era un hombre porque le amenazó con contárselo a sus padres. La policía descubrió el caso cuando investigaba al denunciado por otro asunto.

Los hechos ocurrieron entre septiembre de 2007 y los primeros meses de 2008. El hasta ahora acusado mantuvo una relación con la víctima a través del programa de mensajería instantánea Messenger. Los dos se intercambiaban mensajes de contenido sexual. La víctima siguió con los mensajes cuando ya había descubierto que su interlocutor era un hombre. Un día quedaron los dos en un descampado y mantuvieron relaciones sexuales.

La Audiencia consideró que el hombre cometió un delito de abusos sexuales prevaliéndose de su superioridad respecto al menor. «Superioridad que en este caso deriva de la mayor madurez como adulto al contar a fecha de los hechos con 29 años, lo que suponían quince años de diferencia con respecto a la víctima», recoge la sentencia. Además, los magistrados de la Audiencia destacaron que el acusado inició la relación simulando ser una chica y que la víctima mantuvo siempre el mismo relato. Sin embargo, el Supremo considera que el menor mantuvo con el adulto la relación de forma libre y «en un plano de igualdad».