Un hombre de 42 años y vecino de Alaquàs ha sido condenado a siete años de prisión por causarle varias fracturas en el cráneo a su bebé, cuando apenas tenía dos meses de vida, «después de zarandearlo y lanzarlo con gran violencia contra una bancada de gres», según ha considerado ahora probado la sentencia del Juzgado de lo Penal número 18 de Valencia, con sede en Torrent. Aunque el pequeño sobrevivió, las graves lesiones provocadas por su propio padre le ocasionaron un infarto cerebral y le han dejado como secuela una isquemia -disminución del riego sanguíneo- en la zona occipital derecha.

Los hechos por los que se condena ahora a Raúl P. A. fueron detectados en el mes de mayo del pasado año 2015, cuando su hijo contaba con solo dos meses de edad. El juez ha considerado acreditados al menos tres episodios de malos tratos ocurridos tanto en la vivienda de Alaquàs donde residía éste con el pequeño, como durante el tiempo que convivió con la madre del bebé en el barrio valenciano del Cabanyal.

Insultos y desprecios al bebé

«¡Hijo de puta, qué asco te tengo, a ver si no vamos a poder vivir ahora por ti, que te calles, que te calles!», le gritó al pequeño según el testimonio de una vecina que declaró en el juicio celebrado en Torrent. La mujer aseguró que acto seguido escuchó varios golpes y cómo el bebé se quedaba en silencio, hasta que volvía a llorar y los golpes proseguían. Asimismo, otra testigo relató otro episodio violento que presenció frente al portal del domicilio del ahora condenado, quien cogió a su bebé del carrito y sin sacarlo comenzó a zarandearlo por los hombros a la vez que gritaba: «¡Ahora no te vas a dormir!». Por su parte, la madre del niño también relató que su expareja siempre lo zarandeaba cuando lloraba y que en dos ocasiones vio cómo se le caía al suelo, pero que no dijo nada por miedo.

El acusado negó en el juicio haber insultado a su hijo y atribuyó las expresiones que escuchó la vecina a una posible discusión telefónica con su expareja. Asimismo alegó que simplemente es «un padre primerizo sin experiencia», pero que nunca ha lanzado a su hijo contra la cama o contra una bancada de gres, como así lo ha considerado probado la sentencia.

Respecto a las graves lesiones que presentaba el pequeño cuando lo llevó al servicio de Urgencias del Hospital General de Valencia, el padre explicó que esa mañana el niño se le cayó al suelo de forma accidental al resbalarse el asa de la hamaca en la que estaba sin atar, pero que no se lo dijo a los médicos por miedo a que le quitaran el niño.

No obstante, la jueza remarca que «la versión exculpatoria del acusado es poco creíble». Así indicó las contradicciones en las que incurrió éste durante la instrucción, donde llegó a reconocer haber insultado a su hijo «por un calentón», al igual que «haberlo zarandeado en algún momento de tensión». Respecto al uso de ese verbo el acusado explicó que si lo utilizó en algún momento fue por desconocimiento, al pensar que era como «mecer o acunar».

Descartan una caída accidental

Pero la mayor prueba de cargo en su contra son los informes periciales de los médicos pediatras del Hospital La Fe, quienes aseveraron que la fractura que presentaba el menor en el cráneo «era compatible con un impacto directo», descartando una caída o golpe accidental. Además, las lesiones que tenía el menor en los ojos «eran típicas de mecanismos de zarandeo» y los hematomas eran de varios días de evolución.

Por todo ello el juzgado le ha impuesto una pena de siete años de cárcel, uno menos de lo que solicitaba la Fiscalía, por los delitos de lesiones (cuatro años) y maltrato habitual (tres años), ambos con las circunstancia agravantes de reincidencia y parentesco.