Valora que no se puede suponer que pretendiera abusar de la menor.

El hombre de 73 años detenido y encarcelado desde finales de enero bajo la acusación de intentar secuestrar a una niña de 8 años en la plaza de Luceros se encuentra en libertad desde el pasado lunes por la tarde tras abonar una fianza de mil euros que le impuso la Audiencia de Alicante para eludir la medida de prisión provisional acordada por el juzgado que instruye las diligencias.

El tribunal de la Sección Décima de la Audiencia dictó el pasado viernes un auto en el que revocaba la prisión sin fianza acordada por la magistrada del juzgado de Instrucción número 9 al considerar la medida «excesivamente rigurosa» y fijó una fianza de apenas mil euros para salir de la cárcel de Fontcalent, según se recoge en la resolución, facilitada ayer por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

El abogado del septuagenario, que poco antes del intento de secuestro ya había sido arrestado por abusar de dos chicas menores de 16 y 17 años a cambio de dinero y droga, recurrió el auto que le envió a prisión a finales de enero y, aunque la Fiscalía se opuso a su puesta en libertad, la Audiencia ha estimado parcialmente el recurso y por ello el acusado salió el pasado lunes por la tarde del centro penitenciario tras haber abonado horas antes la fianza.

Además de los mil euros el tribunal de la Audiencia ha acordado como medida cautelar que el investigado comparezca en sede judicial cada quince días.

La Fiscalía ha calificado ya los hechos ante el juzgado instructor y ha pedido penas que suman casi ocho años de prisión por delitos de tentativa de detención ilegal, tráfico de drogas y tenencia ilícita de armas.

La Audiencia indica sobre la droga que la Policía Nacional intervino al detenido en su autocaravana -más de un kilo de cogollos de marihuana- que la cantidad «excede con mucho del acopio para el autoconsumo».

Detención ilegal

En cuanto a la menor y la tentativa de secuestro que le imputan el tribunal indica que consta «un incidente de aproximación» a la niña y recuerda que poco antes de este suceso el mismo acusado fue denunciado por atentar contra la libertad sexual de otras menores.

La gravedad del delito y esta cuestión -dos arrestos en el plazo de dos semanas- fue considerada por el juzgado a la hora de acordar la prisión para evitar una posible reiteración delictiva.

Sin embargo, el tribunal de la Audiencia señala que el atestado policial describe -en alusión a la detención ilegal- una «actuación llamativa, pero de escasa eficacia en orden a la afectación del bien jurídico protegido», de su libertad; es decir, de escasa relevancia penal.

Por ello, la sala entiende que hay que valorar con «prudencia» el alcance de la responsabilidad que se pide ante la posibilidad de que en el juicio se pudiera valorar una rebaja de esa petición inicial de casi ocho años.

La acción realizada con la menor, sostiene la Audiencia, «no llega a afectar ni periféricamente al bien jurídico, ni invita a suponer necesariamente una finalidad atentatoria contra la libertad e indemnidad sexual» que justifique un riesgo de reiteración delictiva, de ahí que el tribunal considere la prisión sin fianza una medida «excesivamente rigurosa».

Por ello, al no tener antecedentes penales la sala considera más proporcionado imponer al investigado una fianza de mil euros para eludir la prisión.