La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha estimado los recursos de la Fiscalía y las acusaciones y ha anulado la sentencia absolutoria para tres personas que escribieron mensajes ofensivos en redes sociales y desearon la muerte a un niño enfermo de cáncer que quería ser torero.

La causa fue abierta por el Juzgado de Instrucción número 5 de Alzira a raíz de los comentarios ofensivos dirigidos en redes sociales al niño Adrián Hinojosa contra tres tuiteros: una mujer de Eibar que reside en Elgoibar (Guipúzcoa), un joven ecuatoriano residente en Sant Boi de Llobregat (Barcelona) y otro gaditano que reside en Valencia.

El pasado mes de septiembre el titular del Juzgado de lo Penal 2 de València dictó sentencia absolutoria contra los tres procesados al no apreciar delito de incitación al odio, contra la integridad moral ni de injurias graves.

Los mensajes fueron escritos en octubre de 2016, tras la celebración de una corrida benéfica que tenía como finalidad recaudar fondos para Adrián, que entonces tenía 8 años, y quien falleció seis meses después a causa de su enfermedad.

Aunque el juez calificó algunas de las expresiones vertidas de «deleznables» o «repulsivas», no apreció en ellas un delito de incitación al odio, contra la integridad moral ni de injurias graves, contrariamente a lo que sostenían, según el caso, la Fiscalía, la acusación particular y la acción popular, que pedían penas de entre uno y tres años de prisión para los implicados.

Uno de los tuiteros, el residente en València, publicó el siguiente mensaje: «Qué gasto más innecesario se está haciendo con la recuperación de Adrián, el niño este que tiene cáncer y que quiere ser torero y cortar orejas. No lo digo por su vida, que me importa dos cojones, sino porque probablemente esté siendo tratado en la sanidad pública, con mi dinero».