Prisión permanente revisable definitiva. Más otros 15 años de cárcel por violación. Esa es la condena definitiva para Rubén Maño, el hombre que en octubre de 2016, sin un solo ápice de humanidad, violó y asesinó a Vanessa Ferrer en su casa de Chella porque la chica se negó a tener relaciones sexuales con él. Después, envolvió su cuerpo en una manta, la introdujo en el maletero del coche que pidió prestado a un amigo en plena noche, lo condujo hasta las afueras del pueblo y, tras arrastrarla durante unos metros, la arrojó a la misma sima en la que los vecinos tiraban el ganado muerto años atrás.

La condena contra Maño es firme a partir de ahora, cuando el Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre los recurso planteados tanto por la defensa, que llegó a argumentar 15 motivos en su apelación, como la acusación particular que ha ejercido desde el principio el letrado Juan Molpeceres en nombre de la familia de Vanessa.

Mínimo 25 años seguidos en prisión

El alto tribunal únicamente retira al agravante de género que había auspiciado la acusación particular, y alega que no es de aplicación en la agresión sexual, dado que, si lo fuera, habría que aplicarlo siempre en ese delito. Sin embargo, esa matización en nada altera la pena, que continúa siendo de 15 años, como estipuló el TSJ valenciano, que ya rebajó dos años respecto de la sentencia original del magistrado que presidió el jurado.

Por lo demás, rechaza todas las pretensiones de la defensa, que incluso pedía la nulidad del juicio alegando falta de motivación en el veredicto de los nueve jurados. Así, el alto tribunal mantiene que no merece que se le atenúe la condena por toxicomanía o arrepentimiento —ya el TSJCV le retiró la atenuante por confesión— y considera que tampoco hubo afectación de sus capacidades intelectuales que conduzcan a una rebaja de la pena.

De hecho, confirma en todos sus términos la prisión permanente revisable por el asesinato de la adolescente, al tener en cuenta dos cricunstancias: su edad, 15 años —la ley dice menor de 16 años o persona especialmente vulnerable— y que fue asesinada tras ser violada. Esa condena supone un cumplimiento efectivo mínimo y consecutivo de 25 años de prisión —sin contar los 15 de la violación— y solo a partir de ese tiempo se podrá valorar si puede empezar a salir o debe permanecer encarcelado.