La Generalitat Valenciana ha concedido la autorización ambiental integrada a Renomar para la instalación del parque eólico Folch I en el término de Castellfort. Se da la circunstancia que el parque está en funcionamiento desde 2007 y la publicación en el DOCV de la autorización se produce un año después de que se firmase la resolución, es decir, el 30 de noviembre de 2009 por parte del director territorial de Medio Ambiente, Jorge Traver.

La autorización ambiental se sometió a información pública el 1 de julio de 2009, cuando el parque llevada en funcionamiento casi 3 años. Mientras, la declaración de impacto ambiental está fechada el 21 de junio de 2004.

En la autorización se establecen varias correcciones que la empresa deberá llevar a cabo en la instalación del parque eólico ya en funcionamiento. Así se apunta a la modificación del plan especial en el entorno de los yacimientos arqueológicos del Castell y la Llloma Comuna, donde aparecieron importantes restos. Así mismo se hace referencia al acondicionamiento de algunos tramos de la pista del parque eólico que se encuentran deteriorados por la erosión, por la falta de cunetas.

Así mismo se deben adecuar varios tramos de pista entre algunos aerogeneradores. Se especifica "la ejecución de obras de hormigonado y restauración de taludes para evitar deslizamientos y desprendimientos". Estas medidas son necesarias para cumplir la declaración de impacto ambiental. A ello se debe añadir el proyecto de revegetación y mantenimiento del parque eólico. El documento señala que el riesgo de molestias, insalubridad y peligrosidad del parque es bajo.

Hielo desde 100 m. de altura

Uno de los peligros a los que hace referencia el documento de la Generalitat es la caída de hielo desde las torres de los aerogeneradores sobre los caminos que comunican el parque y sobre la carretera Castellfort-Vilafranca, ya que las aspas, en su movimiento rotatorio, giran sobre la vertical del vial.

La Generalitat especifica que se deberá proveer de señalización que advierta del riesgo de desprendimiento de hielo de los aerogeneradores. A estos efectos, se recomienda el tratamiento antiadherente en las zonas susceptibles de acumularse y la utilización de sensores para detener el funcionamiento de los aerogeneradores en los que se supere el límite de seguridad debido a la acumulación.