El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha condenado al Ayuntamiento de Peñíscola a indemnizar a Castellón 2000 SAU con 733.331 euros en reparación por los daños y perjuicios causados tras denegarle una licencia de obras en 1999, por los que la empresa pedía cerca de 18 millones de euros.

La sentencia de la sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, hecha pública hoy, explica que el 5 de agosto de 1999 ese Ayuntamiento denegó, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno, a la mercantil Castellón 2000 SAU la licencia de obras que había solicitado para la construcción de un edificio de 72 apartamentos y garajes en la Urbanización Cerro Mar.

Sin embargo, el acuerdo fue anulado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, y la anulación a su vez recurrida en casación por el Ayuntamiento ante el Tribunal Supremo, que no fue admitida por el mismo.

Por ello, el consistorio procedió a cumplir la sentencia y otorgó la licencia a la constructora en junio de 2006.

Un mes más tarde, Castellón 2000 SAU puso una reclamación de responsabilidad patrimonial frente al Ayuntamiento de Peñíscola, en la que pedía ser indemnizada por un importe de 17.978.318 euros.

Esa pretensión fue igualmente desestimada mediante silencio administrativo por lo que se recurrió ante el juzgado y se condenó al Ayuntamiento a abonar a la mercantil una indemnización por importe de 2.725.419 euros.

Frente a esta sentencia, el Ayuntamiento presentó a su vez un recurso de alzada que ha sido ahora resuelto por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

Aplicando la jurisprudencia del Tribunal Supremo, explica la sentencia, no se da una situación de "antijuridicidad del daño" tal y como pretende que sea considerado por parte del Ayuntamiento.

El fallo del TSJCV afirma que se está en un ámbito previsto en la normativa urbanística de las consecuencias indemnizatorias derivadas de la denegación injustificada de licencias.

Estas licencias, explica, "tienen un carácter reglado" por lo que la denegación de la misma a Castellón 2000 SAU es "injustificada" de forma "incuestionable".

La mercantil, añade, empleó "toda su diligencia en dar cumplimiento a los sucesivos requerimientos de subsanación que le fueron requeridos por la Corporación" y adaptó el proyecto a las exigencias que se requerían y le fue reconocido "explícitamente" su derecho a haber obtenido la licencia.

Concurren pues, a juicio de la Sala, "los presupuestos determinantes de la existencia de responsabilidad patrimonial de la Administración".

En cuanto a los daños reclamados por la constructora derivados de los gastos por la gestión y promoción de la obra durante siete años, por los que solicitaba cerca de dieciocho millones de euros, la sala los fija en 733.331 euros, cantidad establecida en el informe del perito judicial.

Así, se estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto por el consistorio en cuanto a la cantidad a satisfacer y se le condena a pagar los 733.331 euros a la constructora demandante por los daños y perjuicios derivados de la denegación de la licencia.

Se mantiene el resto de puntos en los que se reconoce la ilegalidad de haber denegado la licencia a la constructora por parte del consistorio.