La justicia es lenta. Y cara. Bien lo sabe el Ayuntamiento de Sagunt que en las últimas semanas ha visto como los tribunales le condenan a pagar unos 600.000 euros por sentencias judiciales que, en algunos casos, se remontan a hace más de dieciocho años. Unas cargas económicas que llegan justo cuando la crisis está apretando más de lleno a las arcas municipales. En ambos casos, además, el urbanismo está detrás de los litigios.

El último fallo judicial llegaba de la Sala Contencioso Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana el pasado 30 de julio, aunque transcendía esta misma semana. En ella se fijaba el pago de una indemnización de 451.480 euros a la empresa Grupo 66. Se trata de una polémica urbanística iniciada en 1992, cuando era alcalde de Sagunt el socialista Manuel Girona.

El origen de las divergencias estaba en la cargas urbanísticas que el ayuntamiento revertía en los propietarios de unos solares situados en el núcleo del Port de Sagunt, en la avenida 9 d'Octubre, próximo a la Nau. Las discrepancias motivaron una sentencia en el verano de 1996 en el que se anulaban las actuaciones realizadas por el consistorio.

Sin embargo, al estar realizada la urbanización de la zona y resultar imposible devolver el espacio a su estado original, se inició un largo proceso para dictaminar la indemnización que debería recibir la empresa propietaria de los terrenos. Ahora, el juez ha fijado en su último fallo esa indemnización a la que, además, le suma el pago de otros 167.000 euros en concepto de intereses de demora.

Aunque, la sentencia permite al consistorio y a la conselleria de Urbanismo, como codemandada, interponer un recurso de súplica, el fallo comunica a la administración municipal sobre la necesidad de ejecutar el "pago inmediato".

Suspender el presupuesto

De hecho, advierte a ambas administraciones de que en caso de impago "se suspenderá el presupuesto para cualquier pago de ambas administraciones, exceptuando el capítulo de pago de personal".En este caso, la sentencia es compartida con la Generalitat, al haber dado luz verde al PGOU, lo que reduce a la mitad la cuantía municipal. Esta es la tercera sentencia condenatoria por este asunto.

En cualquier caso, para hacer su parte de pago, el consistorio deberá habilitar un crédito extraordinario. Una operación similar a la que tuvo que aprobar en el pasado pleno de julio para afrontar las indemnización por la sentencia favorable a la Comunidad de Propietarios del Gato Montes por reclamaciones formulada en el año 2000 por el mantenimiento de los servicios desde que recepcionó las obras, así como el pago del sistema general viario.

También en este caso el tiempo transcurrido ha ido aumentado el importe que, finalmente, se ha situado entorno a los 300.000 euros.