El Ayuntamiento de la Pobla de Farnals prohibirá a partir de ahora la venta, suministro y consumo de bebidas alcohólicas en las playas del municipio, según se recoge en la ordenanza municipal de gestión del uso público de su zona litoral aprobada inicialmente en el último pleno ordinario. El artículo en el que se recoge esta prohibición se incluye dentro del capítulo de la limpieza e higiene de la zona de baño, pero no se especifica la cuantía por aplicar la sanción, por lo que podría clasificarse tanto como infracción leve (hasta 750 euros) o como infracción grave (hasta 1.500 euros).

El artículo que trata el tema de las bebidas alcohólicas se limita a señalar que "no se permitirá la venta, suministro y consumo". Es decir, no realiza ninguna salvedad por tipo de bebida o su graduación. Tampoco marca excepciones para consumos en alguna fecha señalada como, en cambio, si hace para realizar fuego, uso de bombonas de gas o cocinar en la playa durante las fiestas patronales y la Noche de San Juan, cuando el ayuntamiento "determinará los criterios que se deberán cumplir".

Por lo demás, la ordenanza recoge una serie de normas que ya se aplican en otras playas del litoral valenciano, como las del propio "cap i casal". Así, se obligará a los bañistas a mantener la higiene y salubridad de las zonas de baño, incluso sancionando con hasta 750 euros la "deposición o micción en el mar o en las playas", o incluso lavarse "utilizando jabón, gel o champú".

En cuanto a los animales domésticoss, queda prohibida su presencia en la playa dentro de la temporada de baño, y es el propietario el responsable "de las actuaciones que el animal realice, y perjuicio que ocasione a las personas, cosas y al medio en general".

Se puede jugar pero sin molestar

La nueva ordenanza tampoco permite la pesca desde la orilla y desde los espigones para evitar posibles daños a los bañistas con los aparejos. L0s juegos de pelota o paletas se realizarán "siempre que no supongan una molestia", y las actividades deportivas como el "surf" quedarán supeditadas a que no haya usuarios en la zonas de agua de baño. También permite la ordenanza del ayuntamiento la presencia de "escultores de arena" aunque sólo en los lugares autorizados. Además, los "escultores" deberán obtener una autorización municipal para trabajar .