Los Furs son uno de los mitos fundacionales del pueblo valenciano. La palabra es adecuada: son más un mito vaporoso y desleído, envuelto por un aura de admiración, antes que una realidad conocida para los descendientes de Jaume I que hoy habitan entre el Sénia y el Segura. Para mitigar este injusto desconocimiento, ayer se presentó la obra divulgativa Furs de València. 1238-1707. Una aproximació al seu origen i posterior evolució, escrito por el historiador Vicent Garcia Edo, y encuadrado en el ambicioso proyecto integral de la Generalitat de transcribir, traducir y editar todos los Furs completos al valenciano actual y al castellano por primera vez en la historia.

En el primer año de trabajo -el proyecto no se completará hasta 2015- han sido transcritos de nuevo y traducidos los 1.558 furs promulgados durante el reinado de Jaume I. Entre ellos figura uno de los más significativos, el fur 74, que explicita la voluntad del rei Conqueridor de extender els Costums de València -textos de derecho local- a todo el Regne. La nueva traducción dice: "Que a la ciutat i regne de València hi haja sempre un Costum [una llei], una moneda de llei i de pes i de figura, una alna, un quarter, un almud, una faneca, un cafís, una unça, un marc, una lliura, una arrova, un quintar, i un pes i una mesura. Afegeix el senyor rei que així s'ha d'entendre el fur per tota la ciutat i regne de València". Ahí está la primera grandeza de los Furs: su vocación global.

Porque en 1238, cuando se redactó el Costum de Valencia -el nuevo código jurídico para la ciudad de Valencia que a partir de 1261 se transformaría oficialmente en los Furs de Valencia-, ninguno de los reinos de la península ibérica (Portugal, la corona formada por los reinos de Castilla y de León, Navarra, Aragón, Mallorca, la Casa Comtal de Barcelona o Granada) tenía códigos legislativos extensos de aplicación a todo su territorio. "Se regían -explica Garcia Edo- por fueros locales de mayor o menor extensión territorial, así como por la legislación puntual de carácter local promulgada por reyes y señores laicos o eclesiásticos", así como por las leyes visigóticas para aspectos cotidianos o por la justicia del rey.

En cambio, el Regne de València consiguió en 1238 el primer derecho territorial de la península ibérica: es decir, un código jurídico para todo el reino, no unas leyes para cada ciudad. Aragón tendría sus fueros en 1247; Navarra en 1250; Castilla en 1255; y Cataluña en 1284. Fue el segundo texto legislativo extenso más tempranero de Europa, tras las Constituciones de Sicilia de 1231.

En extensión y complejidad también ganaba por goleada: "Los aproximadamente 1.500 fueros de Jaume I dados a Valencia en 1238 contrastan con los 350 que tuvo Aragón en 1247, y cifras similares encontramos en los articulados relativos a Navarra o Castilla", destaca el profesor Garcia Edo.

Los Furs fueron escritos en latín y estuvieron redactados antes de que pasaran seis semanas tras la reconquista de Valencia del 9 d'Octubre. ¿Por quién El inspirador intelectual de los primeros Furs fue el canónigo Pere Albert, jurista formado en Bolonia que en aquellos momentos era asesor legal de Jaume I. Se cree que, en esta magna obra estuvo acompañado por juristas, notarios y escribanos de la Cancillería Real.

De la frontera al "ofici de sequier"

En siete páginas, el libro presentado ayer resume los principales Furs de Jaume I: desde el primero, que determina las fronteras del reino, hasta los últimos, en los que, por ejemplo, se regula el ofici de sequier. Garcia Edo, explicó que en 2013 se estudiarán los textos forales de los reyes Pere I, Jaume II, Alfons II y Pere II: de finales del siglo XIII a finales del XIV. Durante este año, los 1.558 furs de Jaume I podrán ser consultados en internet en la nueva transcripción y traducción realizada. Al final del proyecto, los más de 5.500 furs -se sabrá con exactitud cuántos hubo- se publicarán en línea y en papel. Para que dejen de ser un mito vago y puedan ser apreciados como un tesoro conocido.