Cinco familiares han solicitado al juzgado no ingresar en prisión por el delito de lesiones al que fueron condenados a un año al alegar que no han podido hacer frente a las indemnizaciones fijadas, de un total de 11.449,8 euros, al subsistir todos ellos con una pensión única de 426 euros, según el escrito presentado por el abogado Emilio Pérez Mora. Para evitar el ingreso en prisión, la ley establece que se deben cumplir tres requisitos: que el condenado haya delinquido por primera vez no se tienen en cuenta anteriores condenas por delitos imprudentes ni antecedentes ya cancelados; que la pena impuesta no sea superior a dos años; y que se hayan satisfecho las responsabilidades civiles.

Este tercer requisito expuesto es necesario para evitar la prisión salvo que el juez o tribunal sentenciador, después de oír a los interesados y al ministerio fiscal, declare la imposibilidad total o parcial de que el condenado haga frente a las responsabilidades impuestas.

Estas cinco personas, que fueron condenadas este año por unos hechos que tuvieron lugar hace nueve años, alegaron tras la sentencia la imposibilidad de hacer frente al pago de la responsabilidad civil e interesaron la suspensión del ingreso en prisión. Frente a esta solicitud, el juez dictó un auto en el que estimó que ninguno de los penados mostró voluntad alguna de pagar las indemnizaciones «pese a habérseles hecho los apercibimientos oportunos». Además, señalaba que uno de los condenados es reincidente, según se desprendía de su hoja histórico penal.

El abogado ha vuelto a presentar un escrito en el juzgado en el que insiste en que el pago es «imposible», puesto que «no se trata de que los condenados no hayan realizado esfuerzos, es que no pueden abonar de ninguna manera, salvo que se conceda un aplazamiento a 30 años o más». Los cinco fueron condenados por una pelea en Picanya en la que agredieron a dos personas con un palo y un hacha.