El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por la Asociación de Interinos (IGEVA) contra el decreto del Consell que regula la carrera profesional de los empleados públicos y ha reconocido el derecho de los interinos con mas de cinco años de antigüedad a percibir ese complemente retributivo. La sección segunda de la sala de lo contencioso-administrativo del TSJCV declara la nulidad de los artículos 1, 3, 5, 7 y 18 del Decreto 186/14 del Consell, decreto que regula el sistema de carrera profesional horizontal y la evaluación del desempeño del personal funcionario de carrera de la Administración de la Generalitat Valenciana.

La sala anula también las disposiciones adicionales primera y segunda y la disposición transitoria de dicho decreto porque excluyen a los funcionarios interinos con más de cinco años de antigüedad de la posible percepción del complemento retributivo de carrera profesional. La sentencia, basada en el derecho europeo, equipara a funcionarios de carrera y a interinos únicamente a efectos retributivos. Esto obligará al Consell a habilitar una partida presupuestaria para aumentar el sueldo de los interinos de la Administración de la Generalitat, que no llegan a 4.000. Dicho plus de carrera ya se estaba pagando desde este año.

La asociación recurrente alegaba que ese decreto vulneraba la Constitución al establecer un «trato discriminatorio» entre el personal funcionario de carrera de la Generalitat y el interino y sostenía que violaba el Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley de la Generalitat de Ordenación y Gestión de la Función Pública. Asimismo, el ministerio fiscal concluyó que estos preceptos impugnados vulneraban también la carta magna dado que la temporalidad «no puede ser un factor» para reducir derechos.