El objetivo es que las cofradías no sean como las fallas o una asociación cultural más, sino que impere en ellas el sentido católico que se les presupone. Por ello, el Arzobispado de Valencia va a regular en un decreto próximo los requisitos que deberán cumplir los 50.000 valencianos que integran las cofradías y hermandades de la diócesis de Valencia. En esencia, las condiciones que todos los miembros deberán acatar son cinco: ser católico, lo que deberá justificarse mediante certificado de bautismo; no haber rechazado públicamente la fe católica; no haberse apartado públicamente de la comunión eclesiástica; no encontrarse en curso de una excomunión impuesta o declarada; y, finalmente, llevar una vida moral conforme con las enseñanzas de la iglesia.

Así lo confirmó ayer a este periódico el sacerdote Antonio Díaz Tortajada, responsable de la comisión diocesana de Religiosidad Popular. El párroco revela que, después de una comisión mantenida la semana pasada entre todos los obispos de la Provincia Eclesiástica Valentina con la religiosidad popular como cuestión central, la diócesis de Valencia va a secundar a corto plazo la iniciativa que esta semana ha materializado el obispado de Segorbe-Castelló. Su obispo, Casimiro López, firmó el miércoles un decreto que regula desde los requisitos que deben cumplirse para formar parte de una cofradía hasta la potestad que tiene el prelado para disolverla, vigilando sobre todo que sus miembros transmitan la doctrina cristiana y sean un ejemplo en su vida cotidiana, informa Emilio Regalado.

Aparte de los cinco grandes requisitos antes mencionados, el documento de obligado cumplimiento para las cofradías estipula otras obligaciones de los miembros, que incluyen aspectos llamativos como «no hacer uso indebido o impropio del hábito, signos o símbolos representativos» de la asociación, así como «guardar el debido orden y compostura en todos aquellos actos o actividades organizadas por las cofradías o hermandades, especialmente en los actos litúrgicos y en las procesiones». Castelló da un plazo de tres años para que todas las cofradías adapte el contenido de este estatuto-marco. Valencia también dejará un periodo de adaptación.

Ni santos ni pecadores

La idea de fondo es que las cofradías «son instituciones de naturaleza eclesial, con una finalidad religiosa» y para todas ellas «debe exigirse unos requisitos mínimos». Explica Díaz Tortajada que «las cofradías no pueden vivir de forma gregaria y desordenada, como fallas o clubes deportivos, sino acordes con el espíritu propio de la Iglesia». «No pedimos que sus miembros sean santos. Pero si son pecadores, que al menos se confiesen», ejemplifica.

El responsable dice que «se admite una vida con deficiencias católicas, pero no una notoriedad pública de esas carencias. Eso es lo que conllevará la expulsión de una cofradía: la manifestación pública y conocida de su abandono de la fe cristiana. Porque „continúa„ una cosa es que seamos débiles, frágiles y pecadores. Pero cuando hay un abandono manifiesto, reiterado y público de la fe cristiana, entonces sí que uno se cierra las puertas para determinados aspectos de la vida de la Iglesia», advierte.