El colectivo de letrados de la Administración de Justicia mantuvo ayer que, a pesar de lo defendido por la Conselleria de Justicia, ellos carecen de competencias sobre el control horario de los trabajadores de Justicia. Este cuerpo del Estado (los antiguos secretarios judiciales) tienen competencias de dirección de la oficina judicial, pero, según matizaron ellos mismos en conversación con este diario, solo se ocupan de cuestiones técnicas y procesales. Es decir, pueden organizar el trabajo de los funcionarios transferidos pero no vigilar su jornada. De hecho, aseguran que esto depende de una unidad administrativa adscrita a la Dirección General de Justicia.