David Pérez, Castelló

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha condenado al alcalde de Vila-real, Manuel Vilanova, del PP, a un año y medio de prisión y a ocho de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito de prevaricación al consentir «de forma deliberada» la emisión de ruidos por la empresa cerámica Rocersa entre 1995 y 1998. Los magistrados condenan también a dos años de prisión y 288.000 euros de multa al gerente de la firma cerámica, Pedro Tomás Llop, por delito medioambiental. El fallo del TS deja sin efecto la sentencia de la Audiencia Provincial de Castelló, que en 2005 absolvió al político y al empresario por falta de pruebas ya que, según sostuvo entonces el magistrado José Luis Antón, no quedó acreditado que Rocersa fuera el foco emisor de ruidos.

La sentencia revoca el fallo de la Audiencia y sostiene que Manuel Vilanova mantuvo entre 1995 y 1998 una «reiterada conducta de pasividad y desprecio hacia los intereses de sus ciudadanos haciendo oídos sordos a la situación que sufrían y permitiendo la actuación de la industria a sabiendas de que actuaba en contra de las disposiciones legales y administrativas». El ponente, José Antonio Martín Pallín, considera que el alcalde de Vila-real autorizó «la producción de ruidos palmaria e incluso clamorosa» del cogenerador de Rocersa «a sabiendas de la ilegalidad en que se encontraba». Según el TS, Vilanova mantuvo «una conducta omisiva silenciando las inspecciones, dejando deliberadamente sobre la mesa los informes inequívocos de las mediciones». La sala desestima la petición de la acusación de una multa al alcalde, dado que «sería satisfecha incluso con cargo a las arcas municipales agravando la situación de los vecinos».

Respecto al gerente de la mercantil, el TS fija la pena condenatoria «en atención a la persistencia y deliberada lesión del bien jurídico protegido, demostrado a lo largo de un tiempo tan duradero». Considera el magistrado ponente que la industria obtuvo «beneficios a costa de la salud de los colindantes». La empresa Rocersa, a escasos 400 metros del casco urbano de Vila-real, puso en marcha una central de cogeneración en 1991 sin licencia municipal. Desde esa fecha los vecinos presentaron una serie interminable de denuncias relacionadas con los ruidos y todas ellas señalaban como foco la planta cerámica. Entre 1991 y junio de 1995, bajo el mandato del socialista Enrique Ayet, se presentaron 16 denuncias ante el ayuntamiento y la Conselleria de Medio Ambiente por particulares y asociaciones vecinales. Todas las quejas presentadas en el consistorio se dejaron sobre la mesa. Además, entre 1995 y 1998, ya bajo mandato de Vilanova, todas las mediciones sonoras que realizó la Policía Local a raíz de nuevas denuncias se realizaron sin aparatos homologados, hecho «premeditado». Ninguna de aquellas mediciones era fiables por lo que los vecinos se hallaban «indefensos», ya que Vilanova enviaba agentes municipales a tomar datos con «aparatos inútiles» y «buscaba el archivo de las denuncias». La existencia de ruidos «por encima de los soportables» ha quedado acreditada «de forma contundente» por «la acumulación de pruebas». La sentencia firme y sólo recurrible de amparo ante el Tribunal Constitucional, no implicará el ingreso del alcalde en prisión al ser la pena impuesta menor a dos años pero lo obligará a dejar la política.