Europa Press, Alicante

Un matrimonio de Alicante ha presentado ante la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo una demanda contra la presidenta del Tribunal Constitucional, María Emilia Casas, y otros cuatro magistrados a los que pide una indemnización de 2.000 euros a cada uno por incurrir en «una infracción maliciosa de deberes profesionales» al no admitir un recurso de amparo contra una sentencia que no tuvo en cuenta una prueba pericial psicológica. El resto de los magistrados del TC demandados son Javier Delgado Barrio, Roberto García-Calvo, Jorge Rodríguez-Zapata y Manuel Aragón. El abogado de la pareja es José Luis Mazón, quien ya logró en enero de 2004 que el Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo acordase condenar a 11 magistrados del TC a que le pagaran 500 euros por la inadmisión arbitraria de un recurso presentado por el letrado que cuestionaba la designación «a dedo» de los letrados del propio TC. Fue la primera vez que el Supremo condenaba a magistrados del Tribunal Constitucional. El 24 de abril de 2003 los demandantes, ambos licenciados en derecho y bajo su propia representación y defensa, formularon un recurso de amparo ante el TC, impugnando una sentencia emitida por Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Alicante de 3 de marzo de 2003. Según explica el escrito de la defensa aquella sentencia «reconocía que los demandantes soportaron entre enero de 1997 hasta el 16 de octubre de 2000 niveles de ruido superiores a los permitidos».

No obstante, la sentencia de apelación «omite toda valoración relativa a la prueba pericial psicológica efectuada por insaculación en cuya virtud uno de los demandantes ha padecido como consecuencia del clima continuado de ruidos antirreglamentarios afectación de su salud psíquica con resultado de sobresalto, manifestada ansiedad y agresividad verbal y síntomas depresivos» . Por ello, Mazón considera que «dicha incongruencia omisiva determina la nulidad de la sentencia ya que es obligatorio valorar todas las pruebas» . En la sentencia del TC, dictada el 20 de noviembre de 2006, los magistrados demandados, «negando la evidencia de que el incidente de nulidad de actuaciones estaba fundado en defectos que pudieron causar indefensión, revisan de oficio la viabilidad de dicho incidente y, con patente arbitrariedad, inadmiten el recurso de amparo» , explica el escrito. La defensa del matrimonio demandante acusa a los magistrados de haber incurrido en una «conducta antijurídica» al infringir la propia jurisprudencia de su Tribunal que exigía el incidente de nulidad de actuaciones para denunciar todo defecto de forma procesal.