El alcalde de Xàtiva, Roger Cerdà, ha impuesto al arquitecto municipal, Antonio Vela, una sanción de suspensión de funciones (empleo y sueldo) por un periodo de tres años. La sanción se hace efectiva a partir de hoy y se sustancia en que Vela habría estado trabajando simultáneamente para el ayuntamiento y ejerciendo una actividad privada sin poder hacerlo. Se da la circunstancia, según la documentación a la que ha tenido acceso Levante-EMV, de que Vela contó en una etapa anterior con la compatibilidad; es decir, podía realizar ambas funciones. Sin embargo, esa situación terminó en 2008. Solicitó años después al equipo de gobierno presidido por Alfonso Rus volver a contar con la compatibilidad. Y le fue denegada. Sin embargo, «ha quedado probado „según el expediente disciplinario„ que las actividades privadas descritas [las de su estudio] se han seguido desarrollando [?] entre 2010 y 2015».

El Ayuntamiento de Xàtiva solicitó al Colegio Oficial de Arquitectos de Valencia en octubre de 2015 que acreditara los trabajos profesionales fuera del ayuntamiento llevados a cabo por Vela desde 2009. La lista, detallada en el expediente, consta de 30 obras (en Valencia, l'Eliana, Gandia, Ontinyent, Quatretonda, Benigànim, Llíria, Godella...). Asimismo, queda acreditado que Vela ostentaba desde el 30 de agosto de 2010 el cargo de administrador mancomunado de la mercantil Xatestu 4, SL. Dicha mercantil presta sus servicios como estudio de arquitectura. Sin embargo, en el pleno del Ayuntamiento de Xàtiva del 5 de mayo de 2008 ya había quedado «sin efecto la compatibilidad autorizada al interesado», de la que disfrutaba desde 2001. El 6 de octubre de 2014 el arquitecto solicitó de nuevo la compatibilidad «y le fue denegada por acuerdo plenario», por lo que «en los últimos seis años no tenía concedida autorización de compatibilidad laboral», según el expediente.

El expediente señala que Antonio Vela Masó, «funcionario de carrera», es «responsable de una falta muy grave del artículo 142.1.n de la Ley 10/2010 de 9 de julio, de la Generalitat consistente en el incumplimiento de las normas sobre incompatibilidades». En cambio, le impone la sanción mínima de las varias posibles ya que no se da «ninguna circunstancia agravante» y «habida cuenta de la mínima intencionalidad». El expediente aclara, asimismo, que este procedimiento sólo se ciñe a los hechos relativos a la vulneración del régimen de incompatibilidades, y nada tiene que ver con el pleito en el que Vela está inmerso por unas presuntas irregularidades en las obras de rehabilitación de la plaza de toros de Xàtiva.