El que fuera director general de la CAM durante casi una década y ahora uno de los cinco imputados en la causa que instruye la Audiencia Nacional por la debacle de la entidad financiera alicantina, Roberto López Abad, está preocupado por su reputación. El exdirectivo considera que «no existe razón alguna» para pensar que pueda darse a la fuga y que, por tanto, la decisión del juez de retirarle el pasaporte y obligarle a presentarse en el juzgado cada 15 días no esta justificada y «ha tenido un efecto estigmatizante» sobre su persona.

Su sucesora al frente de la CAM, María Dolores Amorós, igualmente afectada por las medidas cautelares dictaminadas por el magistrado Javier Gómez Bermúdez el pasado 19 de julio, tampoco considera que la decisión esté suficientemente razonada y señala que responde más bien a la «presión social, política y mediática» que rodea al caso. Además, Amorós también cita como argumento a su favor que es la «única exdirectiva que no percibió ni un sólo euro con motivo de su marcha» de la caja, ya que el FROB la despidió por motivos disciplinarios y el juzgado de lo Social número 4 de Alicante rechazó su apelación.

Así consta en los recursos que los abogados de ambos exdirectivos han presentado solicitando la nulidad de las citas medidas cautelares y a los que ha tenido acceso este diario. El juez Gómez Bermúdez podría responderles en los próximos días y también se espera que tome en breve una decisión sobre los recursos que López Abad, Amorós y los otros tres imputados -el expresidente de la CAM, Modesto Crespo; el exdirector de Recursos, Vicente Soriano; y el de Control, Teófilo Sogorb- han interpuesto contra la fianza de 25,8 millones que también se les exige.

El Fiscal y el FROB se opusieron

Los dos exdirectores generales recuerdan en sus escritos que la decisión de retirarles el pasaporte e imponerles comparecencias periódicas ante el juzgado fue solicitada únicamente por el acusador particular Diego de Ramón y que ni la Fiscalía ni los representantes del FROB respaldaron la petición al entender que no se daba los requisitos necesarios para adoptar medidas restrictivas de la libertad -en este caso, de movimiento- como las adoptadas. «Como indicó el Ministerio Fiscal no existe razón alguna que acredite el riesgo de elusión de la justicia», asegura en su recurso el abogado de Roberto López Abad, Javier Boix, que también alude al que considera «notorio» arraigo familiar y social de su representado en Alicante para descartar cualquier posible fuga.

El letrado pone de relieve posibles defectos de forma ya que el auto que recoge las medidas cautelares «no establece el fundamento o motivación» de las mismas, lo que provoca, a su entender, la indefensión de su cliente. Por último, el defensor refuerza su argumentación señalando que la entrega del pasaporte «comporta la restricción del derecho fundamental a la libertad, y tiene (ha tenido) un efecto estigmatizante, por su significación, que no cabe olvidar». Además, recuerda que el caso sólo está al inicio de su instrucción y que apenas se han practicado diligencias, por lo que estima precipitada la decisión del juez.

El representante de María Dolores Amorós, Carlos Saiz, califica de «sorprendente» la decisión del juez contra el criterio del Fiscal y del FROB y cree que la imposición de medidas cautelares responde «a la innegable presión social, política y mediática que rodea a la presente causa» más que a motivos legales. El defensor de Amorós también señala que el auto del juez no concreta «la imputación ni las conductas supuestamente constitutivas de delito» ni decide la retirada del pasaporte y la obligación de comparecer en los juzgados.