Hoy, el Pleno del Constitucional envió una carta al presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, en la que expresó su "rechazo" ante las duras críticas que realizó el fiscal General del Estado, Cándido Conde-Pumpido, a la sentencia que dictó la semana pasada en la que absolvió a 'Los Albertos' de un delito de estafa en el 'caso Urbanor' al entender que los hechos ya habían preescrito.

El Constitucional trasladó su 'pataleta' a Zapatero en una misiva cuyo contenido acordaron los doce magistrados que componen el pleno del TC. Del contenido concreto de la carta solo ha trascendido que en la misma el Constitucional traslada al presidente del Gobierno su profundo malestar por las declaraciones de Conde-Pumpido. Tras conocer la sentencia que absolvía a 'Los Albertos', el fiscal general del Estado manifestó su discrepancia "total, radical y profunda" con la sentencia que, señaló, le "da la vuelta al derecho a la tutela judicial efectiva, que debe proteger a los perjudicados y a las víctimas".

Rápida ha sido la reacción contra la carta del Constitucional de la Asociación de Fiscales, cuyo portavoz, Jorge Cabré, dijo "no comprender" por qué la queja del alto tribunal no va dirigida "directamente" al fiscal general del Estado, ya que al trasladarla al presidente del Gobierno "da a entender que éste es su superior". Cabré defendió que Conde-Pumpido actuó "dentro de sus funciones" y destacó que el fiscal general del Estado dejó claro que "respetaba" la sentencia pese a que "mostró su extrañeza y su perplejidad" algo que "coincide con la opinión de una gran parte de la ciudadanía, de los jueces y de muchos de sus compañeros fiscales", apuntó.

LA DOCTRINA DE LA DISCORDIA

Esta carta del Constitucional a Zapatero es un capitulo más en el conflicto entre el TC y el Tribunal Supremo, que lleva latente desde hace casi tres años, y que ha reactivado la absolución de 'Los Albertos'. En este sentido, el Alto Tribunal recuerda las advertencias en el mismo sentido que ya realizó el órgano presidido por Francisco José Hernando en mayo de 2005 y abril de 2006. En ambas ocasiones, la Sala también manifestó su intención de mantener su actual jurisprudencia sobre la interrupción de la prescripción de los delitos y defender su supremacía en lo que a interpretación de las leyes se refiere.

La resolución que desató esta polémica entre Constitucional y Supremo, es una sentencia dictada por la Sala Segunda del Tribunal Constitucional que establecía que la interposición de una denuncia o querella no es elemento suficiente para considerar interrumpido el plazo de prescripción. Esta postura jurisprudencial, que aplicó el miércoles de la semana pasada para absolver a 'Los Albertos', choca frontalmente con la mantenida hasta ahora por el Supremo sobre la prescripción de los delitos, lo que motivó enfrentamiento entre los dos tribunales que ha reverdecido ahora con la absolución de los empresarios.

De hecho, el pasado martes la Sala de lo Penal del Alto Tribunal emitió un escueto comunicado en el que criticaba la decisión del Constitucional y en el que denunciaba que el TC se había excedido en sus funciones. El Supremo invocaba el apartado primero del artículo 123 de al Constitución que establece que el Supremo es "el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales".

El Alto Tribunal entiende que la prescripción de un delito no entra dentro del ámbito de las garantías constitucionales y, por tanto, al no formar parte de esta excepción, el Constitucional extiende su jurisdicción a una cuestión de legalidad ordinaria, como es el caso de las prescripción de un delito, que corresponde al Tribunal Supremo según el citado artículo del texto constitucional.