El conductor de una grúa privada acudió el pasado domingo a un accidente de circulación en una de las principales avenidas de Paterna para retirar un vehículo accidentado y acabó detenido por conducir ebrio. Los agentes de la Policía Local de Paterna se percataron de su estado nada más bajar de la grúa y le instaron a someterse a la pertinente prueba de alcoholemia. El conductor, de nacionalidad rumana, accedió voluntariamente a soplar y los policías comprobaron que sextuplicaba la tasa de alcohol permitida, que en su caso, al ser un transporte profesional, está fijada en 0,15 miligramos de alcohol por litro de aire espirado.

Los agentes procedieron a detener al gruista acusado de un delito contra la seguridad vial, recogido en el artículo 379.2 del Código Penal, e inmovilizaron la grúa. Dos días más tarde, el pasado martes, se celebró juicio rápido en los juzgados de Paterna por estos hechos. El conductor admitió su culpa y la juez de instrucción número siete de Paterna le impuso una multa de 720 euros y la retirada del permiso de conducir vehículos a motor y ciclomotores por un plazo de ocho meses y dos días.

Los hechos ocurrieron minutos antes de las nueve de la noche del pasado domingo cuando los policías se encontraban regulando el tráfico tras un accidente de circulación en la avenida Cortes Valencianas de Paterna. El conductor de la grúa acudió para atender el servicio, después de «haber estado ingiriendo bebidas alcohólicas que afectaban a sus habilidades psicofísicas para conducir con normalidad», según ha quedado acreditado en el juicio rápido.

Al gruista tampoco pareció importarle que en el lugar hubiera agentes de la autoridad, quienes se percataron de su estado nada más bajar de la grúa. De hecho, los agentes vieron que este mostraba evidentes signos de encontrarse bajo los efectos del alcohol.

Así, le requirieron para que se sometiera voluntariamente a la prueba de alcoholemia, a lo que el conductor accedió sin ofrecer resistencia. En una primera toma dio 0,89 mg/l y en la segunda 0,86 mg/l. En ambos casos la tasa superaba el límite de 0,60 mg/l para ser constitutivo de delito y estaba muy por encima del límite fijado para conductores profesionales, que está en 0,15 mg/l.

De esta forma, tras comprobar que sextuplicaba la tasa permitida, los agentes lo detuvieron como autor de un delito contra la seguridad vial. El fiscal solicitaba una multa de 1.80 euros y un año y tres días de retirada del carné. No obstante, al reconocer los hechos, la multa se bajó a 720 euros y la prohibición de conducir vehículos a motos a ocho meses.