«El Real Decreto de 20 de enero sobre las clausula suelo se queda corto. Las cifras que ofrece el banco siempre se deben contrastar, pueden acudir a la asociación o a cualquier otro mecanismo, pero está claro que si la propuesta viene del propio banco, hay que ser prudentes».

Así lo aseguró un responsable de la Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana en Faura, en el acto organizado por el ayuntamiento para explicar la situación de las cláusulas suelo y las posibilidades de reclamación existentes.

El experto aconsejó revisar las escrituras de la hipoteca y constatar la existencia de la cláusula; en dicho caso cabría una primera reclamación por proceso extrajudicial amparada en el RD Ley de 20 de enero; si no se obtiene respuesta alguna cabe posteriormente la reclamación judicial.

Ante dicha posibilidad los expertos instaron a los afectados a sopesar el montante de gastos que puede llegar a suponer el proceso. «Lo primero es gratuito y se obtiene el pago en un periodo de cuatro meses como máximo; el inconveniente es que la decisión y la propuesta económica llega de la mano de la entidad bancaria. Desde nuestra perspectiva el Real Decreto es insuficiente», dijo.