Los segregacionistas no descartan que la presencia de vertidos fecales en el canal junto a la playa del Port y la falta de actuación del gobierno a este respecto constituyan un posible delito medioambiental, tal y como se contempla en el título XVI del Codigo Penal, en los casos que «causen o puedan causar daños sustanciales a la calidad del aire, del suelo o a animales o plantas». Pero, además, desde IP se sospecha que se está incumpliendo el Real Decreto 1341/2007 de la gestión de la calidad de las aguas de baño, en el que se recoge la obligación de «vigilar los posibles puntos de vertido cercanos a la playa para que no faciliten en ningún momento la contaminación de las aguas de baño ni supongan riesgos para los usuarios que se encuentren en ella». Ante esta circunstancia, la agrupación no descarta emprender «acciones penales derivadas de la actuación del gobierno por la posible comisión de algún delito».