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El juzgado repone el plus de puntualidad que Carcaixent quitó a los funcionarios

La sentencia alega un defecto de forma ya que el gobierno de Salom no negoció con los trabajadores El complemento era de 180 euros al mes

Los funcionarios del Ayuntamiento de Carcaixent recuperarán el plus de puntualidad que el gobierno de Paco Salom suprimió poco después de entrar en el consistorio en 2015, al considerarlo «ilegal». No lo interpreta así el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 5 de València, que ha anulado la resolución municipal por la que se suprimió este complemento salarial debido a que la decisión se tomó sin una negociación previa con los trabajadores a través de los sindicatos. Este defecto de forma, según Comisiones Obreras (CC OO), se traduce en la reposición del plus, dado que el juzgado «anula la anulación», adujo ayer Javier Gomis, en representación del sindicato que interpuso el contencioso.

El ayuntamiento decidió dejar sin efecto un complemento de productividad que se cobraba por la puntualidad de los trabajadores en incorporarse a su puesto, a razón de alrededor de 180 euros al mes. La junta de personal protestó enérgicamente tras la anulación del complemento. Los trabajadores alegaban que el plus obedecía a un acuerdo ante el Tribunal de Arbitraje Laboral del año 2007 para compensar y equilibrar salarios con otros ayuntamientos y que la supresión del plus dejaba a más del 60 % de la plantilla por debajo de los mil euros de sueldo.

El alcalde, Paco Salom, aceptó en todo momento que las retribuciones de los funcionarios carcagentinos estaban por debajo de la media, pero cimentó su decisión en los estudios de los técnicos, por lo que abogaba por eliminar los «criterios de arbitrariedad y partir de cero para asegurar el sueldo de los funcionarios».

Varios grupos de la oposición, caso de Reiniciem y el PSPV-PSOE, secundaron la necesidad de suprimir los pluses de salario, pero criticaron «la nocturnidad y alevosía» con la que, según ellos, actuó el ejecutivo de Salom, al que tacharon incluso de «autoritario, por su falta de sentido democrático», en palabras de Carles Albert.

Con todo, el juez considera ahora que el ayuntamiento que preside Salom actuó sin seguir el procedimiento necesario que estipula la legislación vigente. «La falta de negociación de una medida de tales características supone una infracción del artículo 73 del Estatuto Básico del Empleado Público, máxime cuando se procedía a revocar la percepción de un concepto retributivo sin seguir la vía de la revisión de los actos favorables, revisión de oficio y declaración de lesividad, tal y como aconsejaba el informe de 24 de mayo de 2016 de la sección de asesoramiento jurídico de la Diputación de Valencia». Contra la sentencia cabe recurso de apelación.

El consistorio de Carcaixent, por boca del propio alcalde, señaló ayer a Levante-EMV que los servicios jurídicos municipales estudiarán en los próximos días la sentencia y decidirán el recurso o posibles vías alternativas.

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