La inauguración de una exposición sobre Ovidi Montllor que tuvo lugar en el Ayuntamiento de Bellreguard el 6 de mayo de 2016, en periodo electoral, va a terminar en juicio contra Joan Marco, que era el alcalde de la localidad en ese momento. El motivo, un presunto delito de desobediencia, dado que la Junta Electoral de Zona de Gandia (JEZ) había prohibido esa muestra horas antes de que se abriera para no favorecer a partidos políticos mediante recursos públicos hasta después de las elecciones generales.

A la inauguración no solo acudió el alcalde Marco, del PSPV, sino nada menos que el presidente de la Generalitat, Ximo Puig, la vicepresidenta, Mónica Oltra, y el conseller Vicent Soler, entre otros. La exposición recogía obras del pintor alcoyano Antoni Miró sobre su paisano Ovidi Montllor.

Fue el PP el que presentó denuncia por estos hechos al considerar que el alcalde sabía de horas antes que la JEZ había anulado la inauguración de la muestra, pese a lo cual siguió adelante con la anunciada visita de las autoridades. Marco, en cambio, niega que tuviera conocimiento de que la exposición había sido prohibida.

Tras tomar declaración a Marco y a otras personas implicadas, el juzgado de Instrucción número 1 de Gandia decidió archivar la causa al no apreciar delito alguno, pero el PP presentó recurso ante la sección Quinta de la Audiencia Provincial de València, que ahora le ha dado la razón. Señala el tribunal que Joan Marco era conocedor de que la JEZ había prohibido la inauguración, y prueba de ello es que, a mediodía del mismo 6 de mayo, el alcalde presentó alegaciones para anular esa orden. A las 4 de la tarde, tres horas antes de la fijada para abrir la exposición, la Junta Electoral comunicó que mantenía la prohibición. Lo hizo vía fax al ayuntamiento, y a partir de ahí es cuando surgen las controversias.

El alcalde señala que nadie le comunicó de la existencia de ese documento y, ante la duda, el juzgado de Gandia aplicó la presunción de inocencia y archivó la causa. La Audiencia Provincial, en cambio, señala que no comparte ese razonamiento porque «tanto el secretario de la Corporación como el alcalde conocían que por la JEZ se estaba analizando la posibilidad de suspender los actos», pese a lo cual «ni se interesaron por lo que podía resolver la Junta Electoral». El auto de la Audiencia añade que, a la vista de las declaraciones de funcionarios y agentes de la Policía Local, «no es descartable pensar que el alcalde y el secretario de la corporación se colocaron en una situación intencionada de no conocer para no dar cumplimiento a la orden clara y terminante de la JEZ, con lo que podría aplicarse la doctrina de la ignorancia deliberada».

Por todo ello, y aunque la Fiscalía solicitaba el archivo de la causa, el tribunal ordena reabrir las instrucciones por un presunto delito de desobediencia en el que también estaría implicado el secretario. El PP, como denunciante, ya ha anunciado que presentará escrito de acusación contra el alcalde, lo que conducirá a la apertura de juicio oral al menos contra el exalcalde socialista de la localidad.