El Tribunal Constitucional ha dado la razón a un extranjero condenado por narcotráfico que denunció que estuvo privado de libertad siete meses de más antes de ser expulsado. La sala segunda considera que la Audiencia de Valencia vulneró el derecho a la libertad personal por prorrogar la prisión del procesado cuando su condena ya había sustituida por la expulsión.

El demandante había sido condenado el 15 de diciembre de 2008 a tres años y medio de prisión por traficar con sustancias estupefacientes en Valencia. El fallo de la sentencia acordó sustituir la pena de prisión por la expulsión del territorio nacional con la prohibición de regresar a España durante diez años. La sala acordó prorrogar la prisión provisional del acusado mientras se ejecutaba la expulsión "en atención a la gravedad de la condena, riesgo de fuga, su condición de extranjero y el desarraigo del condenado". El acusado fue deportado definitivamente de España el 21 de septiembre de 2009, siete meses después de la prórroga de la prisión.

El abogado del acusado recurrió al Constitucional. La Fiscalía apoyó el recurso al entender que "la privación de libertad que sufrió el recurrente a partir de la sentencia supuso un perjuicio gratuito e injustificado". El Constitucional ha fallado ahora que tenía razón y debía haber sido puesto en libertad mientras se resolvía el recurso.