­El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJ) ha zanjado la polémica abierta en muchos municipios valencianos y ha negado a los ayuntamientos la potestad de prohibir o desmantelar las antenas de telefonía móvil alegando que pueden ser peligrosas para la salud.

El máximo órgano judicial valenciano ha fallado ahora en contra del Ayuntamiento de Gandia, que en abril de 2007 decretó el cierre de nueve antenas de telefonía, de diferentes compañías, por considerar que estaban situadas en «zonas sensibles».

El departamento de Medio Ambiente, que en aquel momento dirigía el concejal Joan Francesc Peris, calificó como zonas sensibles aquellos puntos cercanos a colegios, centros de salud, residencias de la tercera edad y otros espacios cuyas personas podrían sufrir efectos nocivos por las emisiones radioeléctricas. Las nueve antenas carecían de licencia de instalación.

La empresa Telefónica Móviles recurrió esa decisión y el TSJ le ha dado la razón al entender que, si bien el ayuntamiento es el representante del «interés público», no debe olvidarse que «la telefonía móvil presta un servicio de interés general», por lo que el tribunal ha ponderado este hecho y ha abogado por la suspensión del decreto. Las empresas, por lo tanto, tienen derecho a mantener las nueve antenas de telefonía en sus emplazamientos, aunque en uno de los casos, una instalación situada junto al colegio Joan Martorell, el emisor fue retirado meses después del decreto municipal.

Ante el argumento de que las antenas carecían de licencia urbanística, el TSJ señala que la empresa Telefónica Móviles es una compañía «que opera en España con licencia estatal», por lo que los controles técnicos y sanitarios están supeditados a la legislación nacional.

Además, el fallo judicial añade que la existencia de este «control» por parte de la operadora «elimina los peligros que puedan existir en el aspecto sanitario y técnico».

En otro apartado de la sentencia del TSJ los magistrados señalan que «en decenas de fallos judiciales» se reitera que para la instalación de estaciones base y antenas de telefonía móvil «no es precisa la licencia de actividad» que otorgan los ayuntamientos.

Así las cosas, la sección primera de la sala de lo Contencioso Administrativo ha estimado el recurso planteado por Telefónica Móviles SA contra la resolución del Ayuntamiento de Gandia y decreta la suspensión del decreto que precintaba las antenas.

El caso de Gandia no es único, dado que en muchos municipios de la Comunitat Valenciana se han dado situaciones similares con respecto a la polémica suscitada en torno a la instalación de este tipo de antenas de telefonía móvil en terrazas de edificios y en otros puntos cercanos a zonas residenciales.

En Gandia se llegaron a realizar hasta tres manifestaciones por parte de padres, madres y alumnos exigiendo al consistorio el desmantelamiento inmediato de estas antenas, si bien en ese momento el Gobierno local ya reconoció y expresó a los convocantes que existían dudas legales sobre la potestad municipal para llevar a cabo esas acciones.

«Alarma injustificada»

El pleno del Ayuntamiento de Gandia aprobó que, si bien no existe ningún informe claro que determine efectos nocivos sobre las personas, tampoco hay pruebas concluyentes de que resulten del todo inocuas.

Pese a eso, la mayoría de los estudios realizados por técnicos especialistas en la materia han concluido que las emisores radioeléctricas de2 las antenas de telefonía móvil no representan riesgo alguno para la salud de las personas. En ese mismo sentido se manifestó el Defensor del Pueblo, quien, ante el alud de quejas de colectivos ciudadanos y particulares por la proximidad de las antenas expresó que la alarma originada por estas instalaciones es «injustificada».

Cuando Gandia clausuró y retiró la primera antena de telefonía móvil, Carlos Cernuda, portavoz de las compañías que entonces operaban en la ciudad (Telefónica, Orange, Vodafone y Yoigo) tildó de «inadecuado por una cuestión de servicio» el proceso de cierre de antenas y, añadió que, de conseguir sus objetivos, el ayuntamiento dejaría a la ciudad de Gandia sin cobertura de móviles. Cernuda recordó que los permisos para el funcionamiento de las antenas corresponde al Ministerio de Fomento y que, en ese sentido, se han manifestado los tribunales mediante reiteradas sentencias.

El fallo del TSJ referido a Gandia conocido ahora supone un nuevo varapalo para los ayuntamientos que recelan y actúan contra las antenas y un espaldarazo a las empresas que prestan este servicio esencial.