L. Ballester Beneyto, Valencia

El accidente del metro más grave de la historia de España y el quinto mundial cumplirá su segundo aniversario con el carpetazo judicial definitivo, si los recursos que aún estudian interponer las víctimas no lo remedian. La sección primera de la Audiencia Provincial de Valencia ha rechazado por segunda vez la petición de las víctimas del metro para que se ampliara la investigación del accidente en el que murieron 43 personas y 47 resultaron fallecidos. La decisión "aunque esperada no es menos dolorosa y decepcionante", aseguró ayer a Levante-EMV el presidente de la Asociación de Víctimas del Metro 3 de Julio, Enric Chulio al conocer el nuevo archivo. "Ahora toca reflexionar, pero no nos vamos a rendir", dijo después a la agencia Efe.

El auto que da cerrojazo definitivo a las demandas de las familias se esperaba porque los mismos magistrados, Pedro Castellano Rausell, Jesús Maria Huerta Garicano y Maria José Julia Igual, ya asumieron en otro auto anterior las tesis defendidas desde el día siguiente del accidente y del inicio de la investigación por la jueza Nieves Molina, la fiscal Asunción Calvo, la abogada de la Generalitat y de la Compañía Zurich España.

El auto, en el que ha sido ponente Pedro Castellano (que también preside la Audiencia Provincial), repite los argumentos esgrimidos en anteriores ocasiones: se cargan las tintas de la culpa en el maquinista y se exime a los responsables de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV) de cualquier responsabilidad ante un posible delito de imprudencia, como argumentaban los abogados de las víctimas.

"La conducta del maquinista acelerando el tren a la entrada de la curva fue insólita, inaudita, inesperada, imprevisible y, a fecha de hoy, inexplicable", aseguran los magistrados. "Y en modo alguno era previsible que el conductor del tren rebasara la velocidad" o que "pudieran preverse medidas de seguridad", se insiste en el auto. Para los magistrados "lo previsible es que los conductores profesionales circulen a la velocidad general marcada y a la especial señalizada en puntos caracterizados por su curvatura, proximidad a las paradas, cruces..." Por tanto como "no existía ninguna norma que reglamentara algo acerca de un hecho absolutamente imprevisible", en referencia al exceso de velocidad del tren, por lo que no se podía exigir a los responsables de FGV la instalación de nuevas balizas o la reprogramación de una ya existente (que sólo protegía la entrada de la Estación de Jesús) para que frenara a los trenes ante posibles excesos de velocidad.

Además no consta, según la información ofrecida por FGV, "infracción de ninguna norma en la formación del trabajador o el seguimiento de la jornada del maquinista, ni acta de sanción grave o leve o irregularidades en las medidas de seguridad e higiene en el trabajo, con independencia de las críticas que pueden hacerse desde la optimización de las condiciones de seguridad del trabajador".

La Audiencia también sitúa en la línea "extrajurídica, el hipotético cansancio del maquinista, la poca experiencia en la conducción, los horarios denunciados, los riesgos de la curva puestos de manifiesto sindicalmente y cualquier otra crítica al sistema vigente, que no guardan relación de causalidad con el accidente", concluye Castellano.

Contra este auto "no cabe recurso alguno". A las familias sólo les queda la posibilidad de presentar un recurso de amparo ante el Constitucional por una posible vulneración del derecho a la defensa a través de los medios de prueba. Y estudian presentarlo.