La Conselleria de Economía ha fijado en un profesor los servicios mínimos que se deberán prestar en la huelga del profesorado asociado de la Universitat Politècnica de València (UPV), que lleva un mes de protestas con carácter indefinido y en una parte de este periodo no ha habido servicios mínimos para atender a los alumnos.

El profesor o profesora en servicios mínimos será responsable de la realización de los exámenes de evaluación y del resto de pruebas necesarias para aprobar las materias correspondientes o para obtener los títulos pertinentes, según indica la resolución de la Conselleria, de la Dirección General de Trabajo, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Estos servicios esenciales deberán prestarse por el personal afectado mientras dure la situación de huelga del profesorado asociado de la UPV, convocada desde el 16 de abril.

Según la resolución, a las distintas entidades, oído el comité de huelga, corresponderá la aplicación de estos servicios así como los demás de carácter esencial no previstos en la resolución, que deberán prestarse con los medios personales estrictamente necesarios para asegurar su prestación en condiciones de máxima seguridad.

La UPV retiró los servicios mínimos que había establecido el rectorado tres días después del inicio de la huelga y que CC OO recurrió por considerar que vulneraba el derecho fundamental dado que el derecho de huelga "se ve invalidado con la imposición de servicios mínimos".

Previamente, hubo un intento de acordar los servicios mínimos entre los sindicatos y la Universitat que finalizó sin acuerdo, por lo que el Rectorado los impuso "unilateralmente", según indicó CC OO en ese momento.

La resolución de la Dirección General de Trabajo indica además que lo dispuesto no supondrá limitación alguna de los derechos que la normativa reguladora de la huelga reconozca al personal en dicha situación no empleado en la cobertura de servicios mínimos establecidos, ni tampoco afectará a la tramitación o efectos de las peticiones que motiven la huelga.

Los servicios mínimos tienen efectos inmediatos desde la fecha de su notificación a las partes, que pueden recurrir la resolución ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia valenciano en diez días hábiles.