El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Llíria ha absuelto a cuatro de los integrantes de España 2000 que fueron denunciados por un posible delito leve de coacciones y amenazas contra la vicepresidenta del Consell, Mónica Oltra, durante un escrache que realizaron en las inmediaciones de su vivienda en Riba-roja de Túria la noche del 18 de octubre del año pasado.

La jueza considera probado que el día de los hechos un grupo de siete u ocho personas, entre los que se encontraban los cuatro acusados miembros de España 2000 -uno de ellos era el exlíder de la formación José Luis Roberto sobre las 21.30 horas encapuchados o con caretas de la película de terror Scream. Allí mostraron una pancarta en la que se podía leer «Viva la unidad de España» y profirieron consignas patrióticas a la vez que hicieron sonar un pasodoble y el himno de España.

Por tales hechos, la Fiscalía reclamaba una multa de 900 euros por un delito leve de coacciones y amenazas, así como una orden de alejamiento de 300 metros de la vicepresidenta del Consell y de seis meses sin poder comunicarse con ella.

Mientras, la Abogacía incrementaba la pena demandada contra José Luis Roberto a 1.800 euros en tanto que consideraba que dispone de mayor capacidad económica. La acusación argumentaba para ello que los hechos se produjeron durante la noche y que los autores ocultaron su identidad con máscaras o capuchas para intimidar a Mónica Oltra. Mientras, la defensa pedía la absolución de los cuatro acusados amparándose en la libertad de expresión.

Tras el juicio, que quedó visto para sentencia el miércoles de la semana pasada, la jueza ha absuelto a los acusados al entender que «no se profirió verbalmente ninguna amenaza expresa por parte de los denunciados, ni se llevó a cabo ningún gesto amenazador».

Además, insiste en que los encausados no hicieron ademán de «entrar en la vivienda ni golpearon la puerta ni lanzaron objetos», y añade que las consignas lanzadas tuvieron «más bien un corte jocoso y festivo».

Asimismo, la magistrada desdeñó considerar el potencial peligro de estos miembros de España 2000 por su vinculación con la extrema derecha, tras recordar que el partido se encuentra legalizado. Respecto al uso de máscaras y capuchas, la jueza infiere que «parecen más relacionadas con la intención de no ser identificados» que para intimidar.

No obstante, la jueza sí que considera que los hechos fueron «innecesarios desde el punto de vista de la libertad de expresión», aunque «no son constitutivos de ilícito penal», y atisba la posibilidad de que constituyan un delito de acoso si se reiteran en el tiempo. Contra la sentencia cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días.