La secretaria autonómica de Servicios Sociales y Autonomía Personal, Helena Ferrando, ha destacado que el nuevo decreto de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas que ordena y regula el sistema público valenciano de servicios sociales "responde a la necesidad de ofrecer una garantía adicional de calidad en la atención a las personas usuarias de los centros y servicios de la Comunitat".

Tal como ha explicado Ferrando, este decreto, aprobado en abril por el Pleno del Consell y publicado en el DOGV, establece "una ordenación de los servicios sociales, da una mayor simplificación y agilización en los procedimientos y regula la acreditación y autorización de entidades y titulares de actividades, centros y servicios que actúan en la Comunitat".

La secretaria autonómica ha señalado que la nueva normativa también "redefine" todos los procedimientos y se concretan "exigencias de calidad, transparencia y supervisión que mejoran la protección de los derechos de las personas usuarias y de las personas trabajadores de centros y servicios".

Con la aprobación de este decreto, la ordenación de los servicios sociales "se adecua" a los nuevos presupuestos jurídicos impulsados desde la conselleria "como la regulación de la acción concertada por la prestación de servicios sociales de entidades de iniciativa social, o la ley de Servicios Sociales Inclusivos", aprobada por Les Corts el pasado enero, ha puntualizado Ferrando.

Entre otras medidas, se establece la tramitación electrónica para todos los procedimientos, se simplifican y agilizan los trámites y presentación de documentación, y se centraliza la resolución de los procedimientos en un órgano único responsable de la autorización y acreditación.

Asimismo se crea un registro general de titulares de actividades, centros y servicios sociales de carácter público como instrumento para el conocimiento, planificación, ordenación y publicidad de las personas físicas o jurídicas titulares de los mismos. Este registro estará adscrito a la conselleria y será único para toda la Comunitat.

Las personas interesadas podrán solicitar, con carácter facultativo y previo a la solicitud de autorización de funcionamiento de centros de servicios sociales, el visado previo del proyecto técnico básico y de ejecución de las obras para realizar la construcción o acondicionamiento del centro.

Cabe destacar que la fase de la autorización es previa a la acreditación del centro, y constituye la forma con la que la administración de la Generalitat reconoce, con carácter previo a su funcionamiento, que el centro reúne los requisitos y condiciones establecidos en la ley de Servicio sociales y demás normativa.

Respecto a la acreditación de los centros, el decreto fija las dimensiones de los criterios y se clasifican en criterios materiales, situacionales, de recursos humanos y calidad en la ocupación, de gestión y funcionamiento, de coordinación con el sistema y de protección medioambiental.

Los requisitos de centros y servicios para su autorización tendrán en cuenta aspectos como la cualificación y ratio del personal, los medios materiales y la garantía de los derechos de las personas usuarias de los mismos, así como la exigencia de tener actualizados los diferentes documentos del centro relativos a normas, personas usuarias, inspecciones, etc.

Asimismo desaparece la autorización provisional y se establece un procedimiento específico para la autorización de servicios y centros de tipología mixta o de carácter innovador.

Por otro lado, se establece la obligación de la declaración responsable de la persona física o jurídica titular de un servicio ante la administración de la Generalitat, de manera que conste que cumple con los requisitos establecidos y de la normativa, así como el compromiso de mantener el cumplimiento de las obligaciones.

Con el objetivo de poner en valor el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales, será de obligado cumplimiento la publicidad de la autorización de funcionamiento y acreditación del centro o servicio.

Además se establece la autorización y la acreditación para centros públicos, tanto propios como de titularidad municipal, a través de un procedimiento especial.