La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial aprobó ayer una instrucción de actuaciones judiciales para garantizar el servicio público judicial, adaptado a las recomendaciones de las autoridades sanitarias en relación con la epidemia de coronavirus Covid-19.

La instrucción consta de dos partes, una informativa con las recomendaciones de protección individual y colectiva frente a la enfermedad y otra que establece directrices en relación con la actuación judicial en función de distintos escenarios: uno general para todo el territorio nacional y otro para los territorios en los que se hayan establecido medidas especialmente intensas para limitar la propagación y el contagio de la enfermedad como Madrid, el País Vasco y La Rioja.

Las medidas a adoptar en el escenario 1 o escenario general, en el que estaría la Comunitat Valenciana, incluyen «la realización de señalamientos con tiempo suficiente entre ellos para que no haya gran afluencia de partes y de profesionales esperando la celebración de vistas en un espacio común; la restricción temporal de la asistencia de público a los actos procesales -limitándola a un número de personas que permita mantener una distancia de seguridad de un metro- y la utilización en la medida de lo posible del sistema de videoconferencia», según el CGPJ. La instrucción identifica un catálogo de actividades o situaciones de riesgo con las correspondientes recomendaciones como «la distribución de las citas de presentación periódica de investigados y/o condenados en distintos días y lugares)».

Respecto a los territorios con medidas «especialmente intensas para limitar la propagación y el contagio por el coronavirus se contempla la posibilidad de que los jueces acuerden la suspensión de plazos y actuaciones procesales ya acordadas por razones sanitarias» que precisarán de la autorización del presidente del tribunal correspondiente y de la ratificación posterior de la Comisión Permanente del CGPJ, sin perjuicio de su ejecución inmediata».