Entre 601 y 10.400 euros puede costar la broma de no ponerse mascarilla en lugares públicos y concurridos, sobre todo después de que un agente de la autoridad advierta a quien no la lleve y este haga caso omiso. Exactamente como cualquier otra restricción de las muchas que ha impuesto el Gobierno central desde que entró en vigor el estado de alarma por la crisis sanitaria de la covid-19.

Así lo anunció ayer el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, y lo han confirmado a Levante-EMV fuentes tanto de la Guardia Civil como de la Policía Nacional.

La obligatoriedad de usar la protección facial comenzó ayer, tras la publicación en el BOE de la última medida para tratar de controlar posibles rebrotes de la enfermedad. La norma estipula que el uso de las mascarillas, higiénicas o quirúrgicas, será obligatorio en cualquier espacio público donde haya una gran concurrencia de personas que impida el mantenimiento de la distancia social de al menos dos metros, espacio fijado por Sanidad como de seguridad para evitar contagios.

El BOE también establece excepciones que resultan de sentido común: no es preciso llevar protección facial cuando se desarrollen «actividades incompatibles con su uso, como la ingesta de bebidas y/o comidas» o en aquellos casos en que la persona tenga una justificación médica por padecer complicaciones respiratorias que se agravan con este tipo de prendas.

Así mismo, quedan exentos quienes, «por su discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que lo hagan inviable».

Como hasta ahora, el marco sancionador en el que se basarán las fuerzas de seguridad para denunciar por el incumplimiento de este mandato sanitario será el artículo 36.6 de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana, la ley mordaza, que regula las desobediencias leves. Por ello, la propuesta de sanción solo se impondrá cuando el infractor no atienda a las instrucciones de los agentes. Esto es, cuando se niegue a hacer uso de la mascarilla en lugares muy concurridos donde es imposible mantener esa distancia de seguridad o se oponga a abandonar el recinto cerrado en el que se encuentre. Como hasta ahora, la denuncia llegará cuando el ciudadano que incumpla la medida no obedezca a los policías y guardias civiles que le llamen la atención. O cuando se niegue a identificarse si se le pide.

Las indicaciones del Ministerio del Interior en relación a esa orden, la SND/422/2020, son claras: prudencia y pedagogía antes de pasar a la dureza.

Así, la instrucción es que, «durante los primeros días, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad potenciarán la función pedagógica». Y añade que, «cuando las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad tengan conocimiento de supuestos de incumplimiento» de la orden de Sanidad, requerirán a la persona que proceda a ponerse la mascarilla o que se retire a una zona en la que sea posible mantener la distancia de seguridad interpersonal»y si «el incumplimiento se produce en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, se requerirá a la persona que abandone dicho espacio». Solo «si la persona no atiende al requerimiento, se podrá proceder a realizar una propuesta de sanción».

Fue precisamente el comité de Seguridad en la C. Valenciana, integrado por la delegada del Gobierno, Gloria Calero; el general de la Guardia Civil, José Hermida; el jefe superior de Policía, Jorge Zurita; la consellera de Interior, Gabriela Bravo; y su director general de Emergencias, José María Ángel, quienes propusieron al Gobierno Central, hace ya más de una semana, que aprobase una normativa que obligase al uso de la mascarilla en aquellas tramos horarios y lugares en los que se advertía una gran afluencia de personas entre las que no había distancia suficiente ni protección de tipo alguno. En otras palabras, los paseos por el tramo central del río, por el paseo marítimo o por las avenidas arboladas de la mayor parte de los municipios. Ahora esa petición ya está reglada.

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