La provincia de Valencia ha registrado un total de 245 ocupaciones de viviendas ilegales, según los atestados levantados por la Guardia Civil en los primeros nueve meses de 2020, solo en la provincia de Valencia.

Una cifra que se analizó en la Comisión Provincial de Policía Judicial de Valencia, que preside la presidenta de la Audiencia de València, Esther Rojo, y en la que participan el Fiscal Jefe, José Ortiz Navarro, el juez decano de Valencia, César Calvé, y las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.

La reunión, celebrada esta semana en la Ciudad de la Justicia, permitió aprobar «por unanimidad una instrucción sobre pautas de actuación policial en supuestos de ocupación ilegal de bienes inmuebles elaborada por el fiscal jefe provincial», José Ortiz Navarro, para afrontar esta situación, según informan fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (Tsjcv).

La instrucción elaborada por el fiscal jefe de la provincia de Valencia, José Ortiz, detalla y aclara las conductas delictivas en las que derivan la entrada en un inmueble por personas que no son propietarias legales ni cuentan con autorización de los dueños legítimos. Por una parte, el allanamiento de morada es la entrada sin consentimiento o el mantenimiento en el interior del domicilio contra la voluntad del titular de la propiedad que se refiere tanto al domicilio habitual como a la segunda residencia, según sentencias del Tribunal Constitucional y de la sección tercera de la Audiencia de València. Este delito, penado con prisión de 6 meses a 2 años, permite a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado detener a los autores.

En el caso de ocupación de morada, cuando el inmueble ocupado no es la residencia habitual o esporádica de los propietarios, las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado deben recabar todos los datos referentes a la vivienda y los detalles sobre cómo ha sido ocupada, con o sin violencia (ésta última opción suele ser la más «habitual», además de información sobre la titularidad del inmueble, la oposición del legal propietario a la ocupación del inmueble, además de la constatación de la ausencia de título legítimo de propiedad por los ocupantes de la vivienda que, en el caso de detectar desamparo o vulnerabilidad deberá solicitarse la intervención de los servicios sociales.

Los lanzamientos de los órganos judiciales valencianos descendieron un 90 % durante el segundo trimestre de 2020, el más afectado por la crisis sanitaria de la covid-19. A pesar del descenso, la Comunitat Valenciana fue la segunda autonomía con más procedimientos. de desahucios. Los lanzamientos practicados en el segundo trimestre de 2020 en la Comunidad Valenciana fueron 195, un 90,1% menos respecto del mismo trimestre de 2019, cuando el número de lanzamientos presentados fue de 1.960, según el informe «Efectos de la crisis económica en los órganos judiciales» que la Sección de Estadística del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) hizo público ayer.

Por provincias, en la de Valencia se practicaron 117 lanzamientos durante el segundo trimestre del año. Otras 64 en la de Alicante y 14 en la provincia de Castelló. De los 195 procedimientos practicados en toda la Comunitat Valenciana, 131 fueron consecuencia de procedimientos derivados de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), mientras que 57 se derivaron de ejecuciones hipotecarias y los 7 restantes obedecieron a otras causas.

No obstante, la valenciana es la segunda autonomía en la que se practicaron más lanzamientos solo por detrás de Andalucía (275),y por delante de Cataluña (148) y Castilla y León (126).