Los once acusados de boicotear un acto de homenaje a Vicent Andrés Estellés en el salón de plenos del Ayuntamiento de Burjassot en 2013 han sido absueltos de los delitos de desórdenes públicos, amenazas y coacciones por los que la Fiscalía de València pedía para ellos penas de cuatro años y cinco meses de prisión.

El juzgado de lo penal nº 17 de València no considera acreditado que los encausados, integrantes del anticatalanista Grup d’Acció Valencianista (GAV), puedan identificarse como responsables de hechos punibles.

Los altercados se remontan al año 2013. En un momento dado del homenaje, cuando tomó la palabra el presidente de la Acadèmia Valenciana de la Llengua (AVL), Ramón Ferrer, un grupo de personas interrumpieron el acto. Según la denuncia que desencadenó el juicio, en el que el consistorio de Burjassot se personó como acusación particular, los miembros del GAV se levantaron, exhibieron senyeras y comenzaron a gritar «Som valencians, mai catalans»; «Ramón Ferrer catalanista»; «AVL derogació»; «llengua valenciana, mai catalana» y a increpar al dirigente a gritos de «traidor» o «catalanista de mierda». Durante el desalojo, también se denunció un forcejeo entre uno de los miembros del GAV y el Intendente de la Policía Local, así como insultos a una agente.

Sin embargo, el magistrado José Ángel Martí da credibilidad al testimonio de los inculpados, según los cuales la protesta duró «muy poco» y se limitaron a proclamar consignas «que suelen corear en este tipo de reuniones», como «som valencians, no catalans», «AVL derogació» y «llengua catalana, no catalana». Los acusados también negaron haber agredido a ninguno de los presentes.

Según el juez, solo el alcalde de Burjassot por aquel entonces, Jordi Sebastià, sostuvo que los 11 acusados profirieron insultos y amenazas y, en cambio, no encuentra testimonios sólidos que confirmen los delitos investigados. Las pruebas presentadas, ahonda la sentencia, «no han llegado a desvirtuar la presunción de inocencia» de los anticatalanistas.

La resolución mantiene que los encausados solo intervinieron en los últimos instantes del acto y ueron desalojados rápidamente. El juez tampoco considera acreditada la autoría de unos mensajes en el Facebook del GAV que la Fiscalía vinculó con un posible delito de coacciones. La sentencia no es firme.